/ lunes 10 de diciembre de 2018

Cultura Tributaria

Avances en reformas a las normas fiscales


Cualquier reforma a las disposiciones fiscales debe tener como objetivo primordial garantizar un incremento en los ingresos del estado, para de esta forma asegurar los recursos que han destinarse a la satisfacción de las necesidades de la población en todos los sectores pero sobre todo en aquellos que son primordiales en el desarrollo real de la población, como educación, salud, seguridad y ataque a la pobreza, eso donde se observe una verdadera red de protección social para toda la población, promover el crecimiento, la estabilidad económica y una cobertura más amplia en la seguridad social.

En este sexenio que termina se llevaron a cabo las denominadas reformas estructurales, entre ellas la reforma hacendaria que tenía como objetivo primordial lograr algunos beneficios para todo mundo, entre esos, aumentar la capacidad financiera del estado a través de una mayor disponibilidad y asignación de los recursos fiscales, garantizando el uso eficiente en los rubros de mayor impacto social y económico; Propiciar mayor equidad social bajo el precepto de que paguen más los que más tienen, eliminando privilegios mediante un régimen impositivo más justo, progresivo y equitativo., en cumplimiento a los principios de proporcionalidad y equidad que exige la Constitución.

Un punto fundamental en el aspecto fiscal es simplificar el pago de impuestos otorgando facilidades a quienes inician un negocio, un aspecto que por hoy debe continuar y materializarse en las leyes para que con ello se tenga la oportunidad de que cada vez más empresas cumplan con sus obligaciones tributarias de una manera cómoda, que como consecuencia de ello se entre en la formalidad y se pueda así ampliar la base de contribuyentes.

Debe encontrarse la forma de que existan verdaderos incentivos en el cumplimiento de las obligaciones fiscales a los contribuyentes observando que el sector empresarial en México se conforma principalmente por Micros, pequeñas y medianas empresas –MIPYMES- que representan con aproximadamente cuatro millones 48 mil, el 98% del total de empresas, aportando al Producto Interno Bruto el 52% y generación de empleos del 72%, por sus características en un gran número se trata de empresas familiares o bien de personas físicas.

Por hoy los enfoques en la reforma que viene para el próximo ejercicio, es una regulación amplia en ciertas figuras que por hoy se utilizan como instrumento de evasión fiscal, que normalmente son empresas de servicios que en otros momentos se utilizan también para facturar operaciones inexistentes, la “compra” de facturas de ninguna manera es recomendable, tomando en consideración que para efectos fiscales no se deducen ni acreditan facturas sino operaciones realizadas, de tal forma que si éstas no han existido, la autoridad puede presumir precisamente la inexistencia y en el caso de que no se demuestre que efectivamente se realizaron, esos comprobantes no causaran efecto fiscal alguno, por lo que se tendrá que dar el efecto retroactivo surgiendo la obligación de pagar diferencias en el impuesto sobre la renta y el impuesto al valor agregado más los recargos y actualización generados desde el momento en que se le dieron los indebidos efectos fiscales, sin dejar a un lado el pago de las multas correspondientes, generando una carga financiera, puede incluso tener la calificación de delito por las operaciones simuladas. En ese tenor, hoy una de las propuestas es asegurar que llegue al Estado la mayor parte de los impuestos que deben enterar esas empresas de servicios, por lo que se propone una retención del Impuesto al Valor Agregado y del Impuesto Sobre la Renta, estableciendo la obligación al beneficiario de los servicios a que así lo haga, además de ello ese tipo de operaciones en adelante han de calificarse como delito grave, que puede tener como consecuencia la pena privativa de libertad tanto para el que expide esas facturas como para el que le dé efectos de deducibilidad o acreditamiento.

Dentro de las propuestas se ubica un acierto especial y es el que se refiere a la derogación de la Fracción XXX del artículo 28 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, que por hoy establece como no deducible el 53 % de las cantidades que se entregan a los trabajadores y que para ellos es exento, lo que hasta ahora implica una carga importante para los patrones.

En días próximos estará lista la Ley de Ingresos de la Federación y el Presupuesto de Egresos de la Federación, por lo que habrá que estar atentos en su composición, pero además debe recomendarse constantemente estar atentos a las modificaciones a las diversas leyes fiscales para identificar el impacto, pero sobre todo para estar atentos en el cumplimiento correcto y oportuno de las obligaciones para no tener consecuencias no deseadas.

Comentarios : Sergio@ledezma-ledezma.com

Facebook Sergio.ledezma.58

Avances en reformas a las normas fiscales


Cualquier reforma a las disposiciones fiscales debe tener como objetivo primordial garantizar un incremento en los ingresos del estado, para de esta forma asegurar los recursos que han destinarse a la satisfacción de las necesidades de la población en todos los sectores pero sobre todo en aquellos que son primordiales en el desarrollo real de la población, como educación, salud, seguridad y ataque a la pobreza, eso donde se observe una verdadera red de protección social para toda la población, promover el crecimiento, la estabilidad económica y una cobertura más amplia en la seguridad social.

En este sexenio que termina se llevaron a cabo las denominadas reformas estructurales, entre ellas la reforma hacendaria que tenía como objetivo primordial lograr algunos beneficios para todo mundo, entre esos, aumentar la capacidad financiera del estado a través de una mayor disponibilidad y asignación de los recursos fiscales, garantizando el uso eficiente en los rubros de mayor impacto social y económico; Propiciar mayor equidad social bajo el precepto de que paguen más los que más tienen, eliminando privilegios mediante un régimen impositivo más justo, progresivo y equitativo., en cumplimiento a los principios de proporcionalidad y equidad que exige la Constitución.

Un punto fundamental en el aspecto fiscal es simplificar el pago de impuestos otorgando facilidades a quienes inician un negocio, un aspecto que por hoy debe continuar y materializarse en las leyes para que con ello se tenga la oportunidad de que cada vez más empresas cumplan con sus obligaciones tributarias de una manera cómoda, que como consecuencia de ello se entre en la formalidad y se pueda así ampliar la base de contribuyentes.

Debe encontrarse la forma de que existan verdaderos incentivos en el cumplimiento de las obligaciones fiscales a los contribuyentes observando que el sector empresarial en México se conforma principalmente por Micros, pequeñas y medianas empresas –MIPYMES- que representan con aproximadamente cuatro millones 48 mil, el 98% del total de empresas, aportando al Producto Interno Bruto el 52% y generación de empleos del 72%, por sus características en un gran número se trata de empresas familiares o bien de personas físicas.

Por hoy los enfoques en la reforma que viene para el próximo ejercicio, es una regulación amplia en ciertas figuras que por hoy se utilizan como instrumento de evasión fiscal, que normalmente son empresas de servicios que en otros momentos se utilizan también para facturar operaciones inexistentes, la “compra” de facturas de ninguna manera es recomendable, tomando en consideración que para efectos fiscales no se deducen ni acreditan facturas sino operaciones realizadas, de tal forma que si éstas no han existido, la autoridad puede presumir precisamente la inexistencia y en el caso de que no se demuestre que efectivamente se realizaron, esos comprobantes no causaran efecto fiscal alguno, por lo que se tendrá que dar el efecto retroactivo surgiendo la obligación de pagar diferencias en el impuesto sobre la renta y el impuesto al valor agregado más los recargos y actualización generados desde el momento en que se le dieron los indebidos efectos fiscales, sin dejar a un lado el pago de las multas correspondientes, generando una carga financiera, puede incluso tener la calificación de delito por las operaciones simuladas. En ese tenor, hoy una de las propuestas es asegurar que llegue al Estado la mayor parte de los impuestos que deben enterar esas empresas de servicios, por lo que se propone una retención del Impuesto al Valor Agregado y del Impuesto Sobre la Renta, estableciendo la obligación al beneficiario de los servicios a que así lo haga, además de ello ese tipo de operaciones en adelante han de calificarse como delito grave, que puede tener como consecuencia la pena privativa de libertad tanto para el que expide esas facturas como para el que le dé efectos de deducibilidad o acreditamiento.

Dentro de las propuestas se ubica un acierto especial y es el que se refiere a la derogación de la Fracción XXX del artículo 28 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, que por hoy establece como no deducible el 53 % de las cantidades que se entregan a los trabajadores y que para ellos es exento, lo que hasta ahora implica una carga importante para los patrones.

En días próximos estará lista la Ley de Ingresos de la Federación y el Presupuesto de Egresos de la Federación, por lo que habrá que estar atentos en su composición, pero además debe recomendarse constantemente estar atentos a las modificaciones a las diversas leyes fiscales para identificar el impacto, pero sobre todo para estar atentos en el cumplimiento correcto y oportuno de las obligaciones para no tener consecuencias no deseadas.

Comentarios : Sergio@ledezma-ledezma.com

Facebook Sergio.ledezma.58