/ lunes 14 de octubre de 2019

Cultura Tributaria

Contador Público, asesor fiscal


En últimas fechas hemos observado de manera muy puntual como algunos personajes políticos que se vieron beneficiados con ciertas condonaciones de créditos fiscales, pretenden hacer pensar a la opinión pública que la culpa de ello fue de sus contadores, cosa más falsa, en todo caso tendrían que agradecer las buenas diligencias que se tuvieron para que lo lograran, pues ello implica que los asesores estaban al tanto de los beneficios que existían y que lo eran mediante programas específicos de regularización para los contribuyente que de una forma u otra tenían adeudos; lo que queda claro es que en aquella época no se negaron a obtener el mencionado beneficio, porque de otra manera tendrían que haber pagado.

En estos aspectos fiscales es importante recordar que el cumplimiento de la obligación sustantiva de pagar contribuciones es del contribuyente y en todo tiempo es el responsable directo, pero por la formación profesional que tiene el Contador Público, es quien ayuda al contribuyente en el correcto cumplimiento de las obligaciones fiscales.

Por ello resulta un tanto injusto el que los funcionarios que hoy se ven en una lista de beneficiados de programas de beneficios pretendan que el culpable sea el contador, históricamente se han conocido programas como el “borrón y cuenta nueva”.

En ello desde luego resulta importantes resaltar que una de las obligaciones principales del contador es mantenerse actualizado de las disposiciones fiscales para ayudar de la mejor manera a los contribuyentes y ello constituye una responsabilidad individual, pero involucra también al contratante de los servicios a efectos de que éste tenga especial cuidado en que el profesionista tenga actualización profesional constante.

Un Contador Público que pertenece a alguna asociación normalmente adquiere ese compromiso del desarrollo profesional, así por ejemplo en los contadores que pertenecemos a un Colegio y a su vez al Instituto Mexicano de Contadores Públicos, resalta que como profesión organizada actuamos siempre dentro de un marco de ética profesional, por lo que se debe destacar que en ningún momento se tiene como objetivo ayudar a evadir obligaciones fiscales, sino a cumplir siempre dentro del marco de la ley, pero resulta también cierto que en todo tiempo el contribuyente tiene la posibilidad de hacer todo aquello que no le este prohibido por la ley, de tal forma que ello consiste también a aprovechar los beneficios que las disposiciones contienen, tales como estímulos, subsidios, exenciones, disminuciones y otros.

Nuestro código de ética estaba basado en cinco principios fundamentales: integridad; objetividad; diligencia y competencias profesionales; confidencialidad; y comportamiento profesional. Estos principios, si bien tienen una finalidad profesional, no podemos desconocer que la mayoría de ellos son los que deben conformar también el actuar personal, lo anterior bajo el presupuesto de que el comportamiento profesional no puede separarse del de la persona y es aquí donde los principios de integridad, objetividad y confidencialidad se ven materializados en nuestra conducta individual.

Por todo ello, es irresponsable decir de manera general que los contadores ayudamos a evadir, debe quedar claro que en realidad ayudamos a cumplir con la ley de la manera correcta y si alguien no cumple con ello, es atendiendo a su responsabilidad individual.

Comentarios: Sergio@ledezma-ledezma.com

Facebook: Sergio.ledezma.58

*Expresidente del Colegio de Contadores Públicos de Querétaro

Expresidente del la Federación de Colegios y Asociaciones de Profesionistas del Estado de Querétaro (FECAPEQ)

Contador Público, asesor fiscal


En últimas fechas hemos observado de manera muy puntual como algunos personajes políticos que se vieron beneficiados con ciertas condonaciones de créditos fiscales, pretenden hacer pensar a la opinión pública que la culpa de ello fue de sus contadores, cosa más falsa, en todo caso tendrían que agradecer las buenas diligencias que se tuvieron para que lo lograran, pues ello implica que los asesores estaban al tanto de los beneficios que existían y que lo eran mediante programas específicos de regularización para los contribuyente que de una forma u otra tenían adeudos; lo que queda claro es que en aquella época no se negaron a obtener el mencionado beneficio, porque de otra manera tendrían que haber pagado.

En estos aspectos fiscales es importante recordar que el cumplimiento de la obligación sustantiva de pagar contribuciones es del contribuyente y en todo tiempo es el responsable directo, pero por la formación profesional que tiene el Contador Público, es quien ayuda al contribuyente en el correcto cumplimiento de las obligaciones fiscales.

Por ello resulta un tanto injusto el que los funcionarios que hoy se ven en una lista de beneficiados de programas de beneficios pretendan que el culpable sea el contador, históricamente se han conocido programas como el “borrón y cuenta nueva”.

En ello desde luego resulta importantes resaltar que una de las obligaciones principales del contador es mantenerse actualizado de las disposiciones fiscales para ayudar de la mejor manera a los contribuyentes y ello constituye una responsabilidad individual, pero involucra también al contratante de los servicios a efectos de que éste tenga especial cuidado en que el profesionista tenga actualización profesional constante.

Un Contador Público que pertenece a alguna asociación normalmente adquiere ese compromiso del desarrollo profesional, así por ejemplo en los contadores que pertenecemos a un Colegio y a su vez al Instituto Mexicano de Contadores Públicos, resalta que como profesión organizada actuamos siempre dentro de un marco de ética profesional, por lo que se debe destacar que en ningún momento se tiene como objetivo ayudar a evadir obligaciones fiscales, sino a cumplir siempre dentro del marco de la ley, pero resulta también cierto que en todo tiempo el contribuyente tiene la posibilidad de hacer todo aquello que no le este prohibido por la ley, de tal forma que ello consiste también a aprovechar los beneficios que las disposiciones contienen, tales como estímulos, subsidios, exenciones, disminuciones y otros.

Nuestro código de ética estaba basado en cinco principios fundamentales: integridad; objetividad; diligencia y competencias profesionales; confidencialidad; y comportamiento profesional. Estos principios, si bien tienen una finalidad profesional, no podemos desconocer que la mayoría de ellos son los que deben conformar también el actuar personal, lo anterior bajo el presupuesto de que el comportamiento profesional no puede separarse del de la persona y es aquí donde los principios de integridad, objetividad y confidencialidad se ven materializados en nuestra conducta individual.

Por todo ello, es irresponsable decir de manera general que los contadores ayudamos a evadir, debe quedar claro que en realidad ayudamos a cumplir con la ley de la manera correcta y si alguien no cumple con ello, es atendiendo a su responsabilidad individual.

Comentarios: Sergio@ledezma-ledezma.com

Facebook: Sergio.ledezma.58

*Expresidente del Colegio de Contadores Públicos de Querétaro

Expresidente del la Federación de Colegios y Asociaciones de Profesionistas del Estado de Querétaro (FECAPEQ)