/ lunes 8 de noviembre de 2021

Cultura Tributaria | Mayores de 18 años al RFC


Con la recién aprobada reforma fiscal para el año 2022 resulta que todos los mayores de 18 años deben obtener su clave ante el registro federal de contribuyentes ante la insistente idea de ataque a la evasión fiscal por parte del ejecutivo, lo que sin duda lo que hará es engrosar el padrón de registros, ya que aunque no realicen actividades u obtengan ingresos deban hacerlo.

La idea de tal modificación pretende hacer creer que es para impulsar la idea de una cultura tributaria y la incorporación al campo laboral, además de prevenir el robo de identidad para realizar actividades que llevan a la evasión fiscal; en ello debe tomarse en cuenta que la obligación de inscribirse ha estado siempre vigente en el Código Fiscal de la Federación en su artículo 27 donde todos aquellos que se ubiquen en el supuesto de declarar o de pagar aún de manera esporádica deben obtener dicha clave independientemente de la edad, ya que en el caso de aquellos que no son capaces jurídicamente lo deben hacer a través de sus representantes, en el caso de los menores por sus tutores o quienes ejerzan la patria potestad.

En ese orden de ideas puede decirse que la cultura tributaria no se adquiere por la obligación de inscribirse, sino de la conciencia que debe tenerse en contribuir al gasto público cumpliendo con el deber constitucional que tenemos todos los mexicanos, atendiendo a que somos sujetos de las leyes tributarias por ubicarnos en la situación jurídica o de hecho que establece la ley para pagar una contribución, para ello lo que debe impulsarse es el cumplimiento voluntario y la transparencia en el uso de los recursos, hacer ver los beneficios que se obtienen de manera general cuando hay incremento en la recaudación, promover la rendición de cuentas y desde luego disminuir la impunidad de los funcionarios que utilizan de manera incorrecta los recursos de la población.

Poner como justificación el hecho de que con un registro ya se incrementa la incorporación a la vida laboral, es por demás falso, ya que ello se da creando mayores posibilidades y condiciones económicas a los empleadores, las necesidades de producción, procurar disminuir costos en la carga para los empleadores, estímulos a quienes creen puestos laborales, disminuyendo la fiscalización excesiva con la idea de recaudar aportaciones de seguridad social sin sustento legal o prohibiendo figuras que inhiben el empleo y el incremento de productividad y competitividad; la protección a los derechos de los trabajadores no se da prohibiendo sino en su caso fiscalizando el correcto cumplimiento de las obligaciones para con los trabajadores, de tal forma que mientras se cumpla con ello, puedan utilizarse los medios y formas necesarios.

El robo de identidad para realizar actividades ilícitas de ninguna manera es privativo de los que no están registrados sino de la conducta que tienen quienes toman esa información para realizar actividades y con ellas se pretenda obtener un beneficio indebido en perjuicio del fisco, tomando seguramente la información incluso de aquellos que ya cuentan con una clave y en caso contrario obteniéndola, no se niega la posibilidad de que pueda darse el robo de identidad, pero ello debe atacarse con las disposiciones que por hoy existen y en su caso denunciando.

Así entonces, a partir del 1 de enero de 2022 todos los mayores de 18 años deben inscribirse al Registro Federal de Contribuyentes aún y cuando no obtengan ingresos o no realicen actos o actividades que causen alguna contribución, ya que de acuerdo a la disposición aprobada deben hacerlo en el rubro denominado “sin actividad económica” sin tener que presentar declaraciones o pagos mientras no se ubique en el supuesto de pagar, por tanto tampoco existe la posibilidad de sancionarle.


Comentarios: Sergio@ledezma-ledezma.com

Facebook: Sergio.ledezma.58


Con la recién aprobada reforma fiscal para el año 2022 resulta que todos los mayores de 18 años deben obtener su clave ante el registro federal de contribuyentes ante la insistente idea de ataque a la evasión fiscal por parte del ejecutivo, lo que sin duda lo que hará es engrosar el padrón de registros, ya que aunque no realicen actividades u obtengan ingresos deban hacerlo.

La idea de tal modificación pretende hacer creer que es para impulsar la idea de una cultura tributaria y la incorporación al campo laboral, además de prevenir el robo de identidad para realizar actividades que llevan a la evasión fiscal; en ello debe tomarse en cuenta que la obligación de inscribirse ha estado siempre vigente en el Código Fiscal de la Federación en su artículo 27 donde todos aquellos que se ubiquen en el supuesto de declarar o de pagar aún de manera esporádica deben obtener dicha clave independientemente de la edad, ya que en el caso de aquellos que no son capaces jurídicamente lo deben hacer a través de sus representantes, en el caso de los menores por sus tutores o quienes ejerzan la patria potestad.

En ese orden de ideas puede decirse que la cultura tributaria no se adquiere por la obligación de inscribirse, sino de la conciencia que debe tenerse en contribuir al gasto público cumpliendo con el deber constitucional que tenemos todos los mexicanos, atendiendo a que somos sujetos de las leyes tributarias por ubicarnos en la situación jurídica o de hecho que establece la ley para pagar una contribución, para ello lo que debe impulsarse es el cumplimiento voluntario y la transparencia en el uso de los recursos, hacer ver los beneficios que se obtienen de manera general cuando hay incremento en la recaudación, promover la rendición de cuentas y desde luego disminuir la impunidad de los funcionarios que utilizan de manera incorrecta los recursos de la población.

Poner como justificación el hecho de que con un registro ya se incrementa la incorporación a la vida laboral, es por demás falso, ya que ello se da creando mayores posibilidades y condiciones económicas a los empleadores, las necesidades de producción, procurar disminuir costos en la carga para los empleadores, estímulos a quienes creen puestos laborales, disminuyendo la fiscalización excesiva con la idea de recaudar aportaciones de seguridad social sin sustento legal o prohibiendo figuras que inhiben el empleo y el incremento de productividad y competitividad; la protección a los derechos de los trabajadores no se da prohibiendo sino en su caso fiscalizando el correcto cumplimiento de las obligaciones para con los trabajadores, de tal forma que mientras se cumpla con ello, puedan utilizarse los medios y formas necesarios.

El robo de identidad para realizar actividades ilícitas de ninguna manera es privativo de los que no están registrados sino de la conducta que tienen quienes toman esa información para realizar actividades y con ellas se pretenda obtener un beneficio indebido en perjuicio del fisco, tomando seguramente la información incluso de aquellos que ya cuentan con una clave y en caso contrario obteniéndola, no se niega la posibilidad de que pueda darse el robo de identidad, pero ello debe atacarse con las disposiciones que por hoy existen y en su caso denunciando.

Así entonces, a partir del 1 de enero de 2022 todos los mayores de 18 años deben inscribirse al Registro Federal de Contribuyentes aún y cuando no obtengan ingresos o no realicen actos o actividades que causen alguna contribución, ya que de acuerdo a la disposición aprobada deben hacerlo en el rubro denominado “sin actividad económica” sin tener que presentar declaraciones o pagos mientras no se ubique en el supuesto de pagar, por tanto tampoco existe la posibilidad de sancionarle.


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