/ lunes 8 de febrero de 2021

Cultura tributaria | Plan fiscal para 2021

Es el inicio del año, y es buen momento para realizar una planeación fiscal con la idea de pagar lo justo y no más, ello estriba inicialmente en conocer las diversas leyes aplicables a cada persona física o moral que por disposición de ley deban cumplir con la obligación de pagar contribuciones como lo establece nuestra Constitución, por tanto, cumplir con esa obligación sustantiva de entregar una cantidad de dinero y las formales que consisten especialmente en la presentación de declaraciones periódicas, avisos y en la parte final, el permitir a las autoridades la fiscalización con la entrega de informes y documentos que éstas soliciten, todo ello para evitar caer en infracciones a la ley y las consecuentes sanciones que pueden sin duda desequilibrar financieramente.

La planeación fiscal implica trazar el camino que ha de recorrerse para obtener los resultados deseados, tiene como objetivo fundamental disminuir, eliminar o diferir las cargas tributarias pero siempre dentro de la legalidad, lo que implica que para ello no debe acudirse a simulaciones, ni engaños para obtener beneficios indebidos en perjuicio del fisco ya que eso puede a la postre traer consecuencias indeseables como el pago de multas o en el extremo la pena privativa de libertad.

La planeación no es propia solamente de las grandes empresas, en realidad todos tendríamos que ocuparnos buscar los beneficios que la ley contiene y en el caso de ubicarnos en el supuesto, aplicarlos; así desde las personas físicas que perciben ingresos por sueldos y salarios, como los de actividades empresariales, arrendadores, hasta las empresas de cualquier tamaño deben observar en todo tiempo de que forma ahorrar de manera legal; así entonces no debemos esperar hasta el final del año porque se puede ir monitoreando durante todo el año el resultado posible y los efectos que han de causarse.

El punto de partida es entonces el conocimiento de la ley en todo lo posible para saber la forma correcta de cumplir con las obligaciones, bien que se cumplan de manera directa o con la ayuda de otros, recordar que en todo tiempo las autoridades tienen la facultad de revisar o de requerir documentación al contribuyente para verificar el correcto cumplimiento de las obligaciones fiscales y en caso de que no hay sido así, determinar contribuciones y los correspondientes accesorios como son los recargos y multas, además de la actualización que finalmente en suma pueden representar cargas financieras importantes dependiendo del tiempo transcurrido desde el incumplimiento.

Especial interés debe tenerse en cuidar de no realizar conductas agresivas para obtener beneficios indebidos como el uso de comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes para deducir en impuesto sobre la renta o acreditar impuesto al valor agregado, comprar o vender facturas y además darles efectos fiscales es un delito que se sanciona con multas y en el extremo con pena privativa de libertad, revisar constantemente la lista que publica el Servicio de Administración Tributaria para verificar que ninguno de los proveedores aparezca en ella, y en el caso de que así sea, aclarar de manera oportuna la realización de las operaciones con ellos vinculadas ya que de manera contraría se tiene el riesgo de que la autoridad determine esas diferencias a cargo del contribuyente.

Debe entonces tenerse la disciplina de revisar constantemente el cumplimiento de requisitos en las deducciones, evitar al máximo utilizar figuras defraudatorios en el aspecto fiscal, revisar en todo tiempo el origen de los depósitos en las cuentas bancarias, sobre todo aquellos conceptos que no son precisamente por las operaciones ordinarias del contribuyente.

La fiscalización por parte de las autoridades es una actividad ordinaria de las mismas y perfectamente válida que garantiza que todos cumplamos con nuestras obligaciones de la forma establecida en la ley en beneficio de todos, por tanto que quien cumple, no debe temer, sin embargo debemos estar atentos también en que los funcionarios lo hagan de acuerdo a lo permitido por la ley.


Sergio@ledezma-ledezma.com

Facebook: Sergio.ledezma.58

Tel 442 2483658

*Contador Público y Licenciado en Derecho

**Expresidente del Colegio de Contadores Públicos de Querétaro

***Expresidente de la Federación de Colegios y Asociación de Profesionistas del Estado de Querétaro.

Es el inicio del año, y es buen momento para realizar una planeación fiscal con la idea de pagar lo justo y no más, ello estriba inicialmente en conocer las diversas leyes aplicables a cada persona física o moral que por disposición de ley deban cumplir con la obligación de pagar contribuciones como lo establece nuestra Constitución, por tanto, cumplir con esa obligación sustantiva de entregar una cantidad de dinero y las formales que consisten especialmente en la presentación de declaraciones periódicas, avisos y en la parte final, el permitir a las autoridades la fiscalización con la entrega de informes y documentos que éstas soliciten, todo ello para evitar caer en infracciones a la ley y las consecuentes sanciones que pueden sin duda desequilibrar financieramente.

La planeación fiscal implica trazar el camino que ha de recorrerse para obtener los resultados deseados, tiene como objetivo fundamental disminuir, eliminar o diferir las cargas tributarias pero siempre dentro de la legalidad, lo que implica que para ello no debe acudirse a simulaciones, ni engaños para obtener beneficios indebidos en perjuicio del fisco ya que eso puede a la postre traer consecuencias indeseables como el pago de multas o en el extremo la pena privativa de libertad.

La planeación no es propia solamente de las grandes empresas, en realidad todos tendríamos que ocuparnos buscar los beneficios que la ley contiene y en el caso de ubicarnos en el supuesto, aplicarlos; así desde las personas físicas que perciben ingresos por sueldos y salarios, como los de actividades empresariales, arrendadores, hasta las empresas de cualquier tamaño deben observar en todo tiempo de que forma ahorrar de manera legal; así entonces no debemos esperar hasta el final del año porque se puede ir monitoreando durante todo el año el resultado posible y los efectos que han de causarse.

El punto de partida es entonces el conocimiento de la ley en todo lo posible para saber la forma correcta de cumplir con las obligaciones, bien que se cumplan de manera directa o con la ayuda de otros, recordar que en todo tiempo las autoridades tienen la facultad de revisar o de requerir documentación al contribuyente para verificar el correcto cumplimiento de las obligaciones fiscales y en caso de que no hay sido así, determinar contribuciones y los correspondientes accesorios como son los recargos y multas, además de la actualización que finalmente en suma pueden representar cargas financieras importantes dependiendo del tiempo transcurrido desde el incumplimiento.

Especial interés debe tenerse en cuidar de no realizar conductas agresivas para obtener beneficios indebidos como el uso de comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes para deducir en impuesto sobre la renta o acreditar impuesto al valor agregado, comprar o vender facturas y además darles efectos fiscales es un delito que se sanciona con multas y en el extremo con pena privativa de libertad, revisar constantemente la lista que publica el Servicio de Administración Tributaria para verificar que ninguno de los proveedores aparezca en ella, y en el caso de que así sea, aclarar de manera oportuna la realización de las operaciones con ellos vinculadas ya que de manera contraría se tiene el riesgo de que la autoridad determine esas diferencias a cargo del contribuyente.

Debe entonces tenerse la disciplina de revisar constantemente el cumplimiento de requisitos en las deducciones, evitar al máximo utilizar figuras defraudatorios en el aspecto fiscal, revisar en todo tiempo el origen de los depósitos en las cuentas bancarias, sobre todo aquellos conceptos que no son precisamente por las operaciones ordinarias del contribuyente.

La fiscalización por parte de las autoridades es una actividad ordinaria de las mismas y perfectamente válida que garantiza que todos cumplamos con nuestras obligaciones de la forma establecida en la ley en beneficio de todos, por tanto que quien cumple, no debe temer, sin embargo debemos estar atentos también en que los funcionarios lo hagan de acuerdo a lo permitido por la ley.


Sergio@ledezma-ledezma.com

Facebook: Sergio.ledezma.58

Tel 442 2483658

*Contador Público y Licenciado en Derecho

**Expresidente del Colegio de Contadores Públicos de Querétaro

***Expresidente de la Federación de Colegios y Asociación de Profesionistas del Estado de Querétaro.