/ jueves 3 de mayo de 2018

El Teatro de la República

PRIMER ACTO. TIRARON LA TOALLA. Con el último día de abril se fue el también último periodo ordinario de sesiones de las cámaras (Diputados y Senadores) que integran la 63ª legislatura del Congreso de la Unión. Esto significa que, mientras no se convoque a un periodo extraordinario de sesiones - lo que francamente raya en lo imposible dada la creciente crispación política y social, así como la evidente ausencia de acuerdos interpartidistas provocadas por la elección federal - no habrá ninguna otra reforma legal o nombramiento hasta la siguiente legislatura que iniciará el primer día de septiembre. Entonces, un número importante de iniciativas, dictámenes y designaciones quedarán en la incertidumbre del limbo parlamentario, sujetos a cómo quede integrada la siguiente legislatura y, concomitantemente, a los proyectos, prioridades y hasta caprichos de aquellos afortunados a quienes el sufragio obsequie los bastones de mando para los próximos años. Los que se van, simple y sencillamente, ya tiraron la toalla.

SEGUNDO ACTO. NUEVA LEY SIN CAMBIOS PROFUNDOS. ¿Por qué nuestro Legislativo es incapaz de tramitar eficientemente la carga de trabajo que le corresponde? Puede haber varios culpables: la electorización de la tarea parlamentaria, la engorrosa bicameralidad, la mezquindad de los diputados y senadores mexicanos y la falta de nomas y procedimientos que agilicen la labor congresional. Aunque la respuesta está en todas ellas. Existe unanimidad en cuanto a que a partir de 1997 los vientos de la pluralidad y la autonomía sorprendieron a un poder Legislativo anquilosado y comodino, acostumbrado a ejecutar siempre y sin rezongar las órdenes presidenciales. Súbitamente el Congreso mexicano se vio libre y la tarea parlamentaria adquirió un nuevo significado, verdaderamente democrático y republicano. Sin embargo, esa transformación de la filosofía congresional no se acompañó de cambios profundos en los procedimientos parlamentarios, esto es, en la forma de elaborar las leyes y desarrollar otras facultades. La Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos fue promulgada en septiembre de 1999, pero el nuevo paradigma se concentró en la necesidad de “pluralizar” los órganos camerales, sin haber entrado a fondo a la parte procesal. Luego, en 2010 se expidieron nuevos reglamentos para cada cámara, este esfuerzo si estableció mecanismos y plazos ciertos, por ejemplo, el de 45 días hábiles que aplica a las comisiones ordinarias para emitir dictamen.

TERCER ACTO. DISPLISENCIA PARLAMENTARIA. El problema es la conducta de nuestros legisladores, particularmente de quienes son y han sido coordinadores de las fracciones parlamentarias. Siempre han privilegiado los aspectos políticos relegando la parte operativa y funcional. Es común que las reglas de excepción sean la norma aplicable y, entonces ocurre el milagro del parlamento mexicano… siempre se cumple sin cumplir. Opera esa curiosidad política solo vista en México de “detener el reloj parlamentario”, se incumple flagrantemente con obligaciones constitucionales respecto de nombramientos y designaciones y se manipula el proceso legislativo al antojo, todo eso sin una sola consecuencia para los supuestos hacedores de leyes que, en realidad, se han convertido en sus más adustos violadores. Es la ventaja de ser jueces y parte al mismo tiempo. Las disposiciones que regulan la vida parlamentaria, específicamente aquellas que establecen obligaciones de hacer y plazos, se han asignado a entelequias como “las comisiones”, sin especificar la persona o personas obligadas, como podría ser el presidente de la Comisión. Además, convenientemente carecen de sanción, son de esas que la doctrina critica y denomina como “imperfectas”. Así, el poder Legislativo anda por la vida republicana incumpliendo cínicamente sus obligaciones. Digamos que es la expresión más acabada de la displicencia nacional. Si no somos capaces de modernizar los procedimientos para interpretar, crear, reformar o derogar leyes, así como aquellos en virtud de los cuales el Legislativo cumple sus funciones financieras, políticas y jurisdiccionales, entonces, sin importar la trascendencia u oportunidad de una o mil reformas estructurales, sus posibilidades siempre serán obstaculizadas por esa indolente ausencia de mecanismos parlamentarios adecuados para consumar los cambios. En otras palabras, vanos serán los esfuerzos por lograr reformas a nuestro desgastado, inoperante y hasta caótico régimen político, si no contamos con procesos legislativos ciertos que efectivamente coadyuven a la construcción de los acuerdos para alcanzarlas

TRAS BAMBALINAS. ANIMAL. La Declaración Universal de los Derechos Humanos es un parteaguas en la historia de la humanidad. Motivada por los horrores del fascismo, condensa los valores superiores de toda sociedad. Fue promulgada en París el 10 de diciembre de 1948 por la Asamblea General de las Naciones Unidas. Su artículo 5º dispone que “nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes”. No obstante ser un modelo común para todas las naciones civilizadas dese hace 70 años y haberse traducido en más de 500 lenguas… ¡el “Bronco” no la conoce! Lo que es entendible atendiendo al peculiar sujeto, pero lo que es verdaderamente increíble es que semejante animal gobierne Nuevo León.

Notario Público 19 de Querétaro.

ferortiz@notaria19qro.com

PRIMER ACTO. TIRARON LA TOALLA. Con el último día de abril se fue el también último periodo ordinario de sesiones de las cámaras (Diputados y Senadores) que integran la 63ª legislatura del Congreso de la Unión. Esto significa que, mientras no se convoque a un periodo extraordinario de sesiones - lo que francamente raya en lo imposible dada la creciente crispación política y social, así como la evidente ausencia de acuerdos interpartidistas provocadas por la elección federal - no habrá ninguna otra reforma legal o nombramiento hasta la siguiente legislatura que iniciará el primer día de septiembre. Entonces, un número importante de iniciativas, dictámenes y designaciones quedarán en la incertidumbre del limbo parlamentario, sujetos a cómo quede integrada la siguiente legislatura y, concomitantemente, a los proyectos, prioridades y hasta caprichos de aquellos afortunados a quienes el sufragio obsequie los bastones de mando para los próximos años. Los que se van, simple y sencillamente, ya tiraron la toalla.

SEGUNDO ACTO. NUEVA LEY SIN CAMBIOS PROFUNDOS. ¿Por qué nuestro Legislativo es incapaz de tramitar eficientemente la carga de trabajo que le corresponde? Puede haber varios culpables: la electorización de la tarea parlamentaria, la engorrosa bicameralidad, la mezquindad de los diputados y senadores mexicanos y la falta de nomas y procedimientos que agilicen la labor congresional. Aunque la respuesta está en todas ellas. Existe unanimidad en cuanto a que a partir de 1997 los vientos de la pluralidad y la autonomía sorprendieron a un poder Legislativo anquilosado y comodino, acostumbrado a ejecutar siempre y sin rezongar las órdenes presidenciales. Súbitamente el Congreso mexicano se vio libre y la tarea parlamentaria adquirió un nuevo significado, verdaderamente democrático y republicano. Sin embargo, esa transformación de la filosofía congresional no se acompañó de cambios profundos en los procedimientos parlamentarios, esto es, en la forma de elaborar las leyes y desarrollar otras facultades. La Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos fue promulgada en septiembre de 1999, pero el nuevo paradigma se concentró en la necesidad de “pluralizar” los órganos camerales, sin haber entrado a fondo a la parte procesal. Luego, en 2010 se expidieron nuevos reglamentos para cada cámara, este esfuerzo si estableció mecanismos y plazos ciertos, por ejemplo, el de 45 días hábiles que aplica a las comisiones ordinarias para emitir dictamen.

TERCER ACTO. DISPLISENCIA PARLAMENTARIA. El problema es la conducta de nuestros legisladores, particularmente de quienes son y han sido coordinadores de las fracciones parlamentarias. Siempre han privilegiado los aspectos políticos relegando la parte operativa y funcional. Es común que las reglas de excepción sean la norma aplicable y, entonces ocurre el milagro del parlamento mexicano… siempre se cumple sin cumplir. Opera esa curiosidad política solo vista en México de “detener el reloj parlamentario”, se incumple flagrantemente con obligaciones constitucionales respecto de nombramientos y designaciones y se manipula el proceso legislativo al antojo, todo eso sin una sola consecuencia para los supuestos hacedores de leyes que, en realidad, se han convertido en sus más adustos violadores. Es la ventaja de ser jueces y parte al mismo tiempo. Las disposiciones que regulan la vida parlamentaria, específicamente aquellas que establecen obligaciones de hacer y plazos, se han asignado a entelequias como “las comisiones”, sin especificar la persona o personas obligadas, como podría ser el presidente de la Comisión. Además, convenientemente carecen de sanción, son de esas que la doctrina critica y denomina como “imperfectas”. Así, el poder Legislativo anda por la vida republicana incumpliendo cínicamente sus obligaciones. Digamos que es la expresión más acabada de la displicencia nacional. Si no somos capaces de modernizar los procedimientos para interpretar, crear, reformar o derogar leyes, así como aquellos en virtud de los cuales el Legislativo cumple sus funciones financieras, políticas y jurisdiccionales, entonces, sin importar la trascendencia u oportunidad de una o mil reformas estructurales, sus posibilidades siempre serán obstaculizadas por esa indolente ausencia de mecanismos parlamentarios adecuados para consumar los cambios. En otras palabras, vanos serán los esfuerzos por lograr reformas a nuestro desgastado, inoperante y hasta caótico régimen político, si no contamos con procesos legislativos ciertos que efectivamente coadyuven a la construcción de los acuerdos para alcanzarlas

TRAS BAMBALINAS. ANIMAL. La Declaración Universal de los Derechos Humanos es un parteaguas en la historia de la humanidad. Motivada por los horrores del fascismo, condensa los valores superiores de toda sociedad. Fue promulgada en París el 10 de diciembre de 1948 por la Asamblea General de las Naciones Unidas. Su artículo 5º dispone que “nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes”. No obstante ser un modelo común para todas las naciones civilizadas dese hace 70 años y haberse traducido en más de 500 lenguas… ¡el “Bronco” no la conoce! Lo que es entendible atendiendo al peculiar sujeto, pero lo que es verdaderamente increíble es que semejante animal gobierne Nuevo León.

Notario Público 19 de Querétaro.

ferortiz@notaria19qro.com