/ jueves 18 de abril de 2019

El Teatro de la República

“… la tortuga que nadó siete siglos y conoció siete mil primaveras…”

Pablo Neruda.

Con cariño y gratitud a Ana Luisa y Salva.


PRIMER ACTO. PANAMÁ. Hace algunas semanas tuvimos oportunidad de viajar a Panamá. El motivo fue reencontrarnos con un grupo de amigos que entre 1995 y 1996 cursamos juntos la maestría en Derecho en el Washington College of Law de la American University en la capital norteamericana. Y se escogió Panamá por su estratégica ubicación como punto equidistante entre los del norte y los del sur, así como por la generosa calidez de nuestros amigos panameños Ana Luis Castro y Salvatore Bacile y sus espléndidas familias. Fue un viaje cargado de recuerdos que disfrutamos mucho. No obstante, lo más valioso fue deleitarnos con la convivencia entre y con los hijos, y constatar que la verdadera amistad es inmune a tiempo, distancia y circunstancia. Además de la gratísima experiencia afectiva, nos sorprendió la manera en que Panamá se ha desarrollado. Y nos dio cierta envidia que México no haya podido hacer con PEMEX lo que los hermanos panameños hicieron con el Canal de Panamá. Nos explicamos. Luego del fracaso de la intentona francesa por construir un paso que conectara el Pacífico con el Atlántico en territorio panameño, finalmente en 1914 los norteamericanos concluyen esta obra de arte de la ingeniería. Para resguardar sus intereses los Estados Unidos de América firmaron con Panamá un convenio a perpetuidad para administrar y operar el canal interoceánico, reservándose una franja de 10 millas de ancho y 5 millas a cada extremo conocida como Zona del Canal, donde se establecieron bases militares estadounidenses, mismas que fueron particularmente relevantes durante el periodo de la Guerra Fría. Por este acuerdo se pagaron a Panamá 10 millones de dólares y se estableció una renta anual de 250 mil dólares. Fue hasta 1972 que el gobierno panameño consiguió el reconocimiento a su soberanía sobre el Canal, y este hecho fue la punta de lanza que llevó a que en 1979 entrara en vigor el Tratado Torrijos-Carter, por el cual se determinó un periodo de transición de 20 años luego del cual el Canal fue devuelto a Panamá. Durante ese tiempo se creó la Comisión del Canal de Panamá, un colegio binacional integrado por 9 personas, fungiendo un estadounidense como administrador durante la primera y un panameño durante la segunda década de transición. Así, el 31 de diciembre de 1999 el Canal de Panamá quedó administrado y operado plenamente por Panamá.

SEGUNDO ACTO. INTELIGENTE ADMINISTRACIÓN. Para Panamá el Canal representa la fuente más importante de ingresos públicos. Se estima que en el quinquenio 2018-2022 el Canal generará al Estado Panameño ingresos por más de 9 mil millones de dólares. En este sentido, los panameños actuaron con notable inteligencia y practicidad. Conscientes de la relevancia del Canal, por un lado, establecieron una legislación a nivel constitucional especial que resguarda su viabilidad operativa y financiera - por ejemplo, el derecho de huelga está prescrito en el Canal -; y, por otro lado, realizaron una importante inversión para ampliar la infraestructura del Canal mediante la construcción de nuevas esclusas más grandes que desde 2014 permiten el paso de embarcaciones mayores conocidas como Neopanamax. Con ello, casi duplicaron los ingresos del Canal.

TERCER ACTO. CONSTITUCIÓN PANAMEÑA. Esta es una probadita de las normas constitucionales panameñas que rigen al Canal de Panamá. “Artículo 315. El Canal de Panamá constituye un patrimonio inalienable de la Nación panameña; permanecerá abierto al tránsito pacífico e ininterrumpido de las naves de todas las naciones y su uso estará sujeto a los requisitos y condiciones que establezcan esta Constitución, la Ley y su Administración. Artículo 316. Se crea una persona jurídica autónoma de Derecho Público, que se denominará Autoridad del Canal de Panamá, a la que corresponderá privativamente la administración, funcionamiento, conservación, mantenimiento y modernización del Canal de Panamá y sus actividades conexas, con arreglo a las normas constitucionales y legales vigentes, a fin que funcione de manera segura, continua, eficiente y rentable. Tendrá patrimonio propio y derecho de administrarlo… La Autoridad del Canal de Panamá no estará sujeta al pago de impuestos, derechos, tasas, cargos, contribuciones o tributos, de carácter nacional o municipal, con excepción de las cuotas de seguridad social, el seguro educativo, los riesgos profesionales y las tasas por servicios públicos… Artículo 322. La Autoridad del Canal de Panamá estará sujeta a un régimen laboral especial basado en un sistema de méritos y adoptará un Plan General de Empleo… La Autoridad del Canal de Panamá contratará, preferentemente, a nacionales panameños. La Ley Orgánica regulará la contratación de empleados extranjeros garantizando que no rebajen las condiciones o normas de vida del empleado panameño. En consideración al servicio público internacional esencial que presta el Canal, su funcionamiento no podrá interrumpirse por causa alguna. Los conflictos laborales entre los trabajadores del Canal de Panamá y su Administración serán resueltos entre los trabajadores o los sindicatos y la Administración, siguiendo los mecanismos de dirimencia que se establezcan en la Ley. El arbitraje constituirá la última instancia administrativa.”.

TRAS BAMBALINAS. ¡QUÉ ENVIDIA! En otras palabras, Panamá blindó jurídicamente al Canal para evitar que se convirtiera en botín político y se arriesgó invirtiendo para asegurar el futuro. Ambas cosas fue lo que los mexicanos no pudimos lograr durante 81 años con PEMEX. El rotundo fracaso de nuestra política energética, siendo un país petrolizado, deviene de nuestra incompetencia para crear un marco jurídico adecuado que hubiera blindado a Petróleos Mexicanos para que no fuera saqueado por gobiernos, funcionarios y líderes sindicales, como lo ha sido, y que le hubiera brindado operatividad; así como por la pésima estrategia financiera del Estado mexicano que literalmente “exprimió” a PEMEX durante décadas. Siendo público y notorio que jamás se invirtió inteligentemente, ni siquiera en mantenimiento.

Notario Público 19 de Querétaro.

ferortiz@notaria19qro.com

“… la tortuga que nadó siete siglos y conoció siete mil primaveras…”

Pablo Neruda.

Con cariño y gratitud a Ana Luisa y Salva.


PRIMER ACTO. PANAMÁ. Hace algunas semanas tuvimos oportunidad de viajar a Panamá. El motivo fue reencontrarnos con un grupo de amigos que entre 1995 y 1996 cursamos juntos la maestría en Derecho en el Washington College of Law de la American University en la capital norteamericana. Y se escogió Panamá por su estratégica ubicación como punto equidistante entre los del norte y los del sur, así como por la generosa calidez de nuestros amigos panameños Ana Luis Castro y Salvatore Bacile y sus espléndidas familias. Fue un viaje cargado de recuerdos que disfrutamos mucho. No obstante, lo más valioso fue deleitarnos con la convivencia entre y con los hijos, y constatar que la verdadera amistad es inmune a tiempo, distancia y circunstancia. Además de la gratísima experiencia afectiva, nos sorprendió la manera en que Panamá se ha desarrollado. Y nos dio cierta envidia que México no haya podido hacer con PEMEX lo que los hermanos panameños hicieron con el Canal de Panamá. Nos explicamos. Luego del fracaso de la intentona francesa por construir un paso que conectara el Pacífico con el Atlántico en territorio panameño, finalmente en 1914 los norteamericanos concluyen esta obra de arte de la ingeniería. Para resguardar sus intereses los Estados Unidos de América firmaron con Panamá un convenio a perpetuidad para administrar y operar el canal interoceánico, reservándose una franja de 10 millas de ancho y 5 millas a cada extremo conocida como Zona del Canal, donde se establecieron bases militares estadounidenses, mismas que fueron particularmente relevantes durante el periodo de la Guerra Fría. Por este acuerdo se pagaron a Panamá 10 millones de dólares y se estableció una renta anual de 250 mil dólares. Fue hasta 1972 que el gobierno panameño consiguió el reconocimiento a su soberanía sobre el Canal, y este hecho fue la punta de lanza que llevó a que en 1979 entrara en vigor el Tratado Torrijos-Carter, por el cual se determinó un periodo de transición de 20 años luego del cual el Canal fue devuelto a Panamá. Durante ese tiempo se creó la Comisión del Canal de Panamá, un colegio binacional integrado por 9 personas, fungiendo un estadounidense como administrador durante la primera y un panameño durante la segunda década de transición. Así, el 31 de diciembre de 1999 el Canal de Panamá quedó administrado y operado plenamente por Panamá.

SEGUNDO ACTO. INTELIGENTE ADMINISTRACIÓN. Para Panamá el Canal representa la fuente más importante de ingresos públicos. Se estima que en el quinquenio 2018-2022 el Canal generará al Estado Panameño ingresos por más de 9 mil millones de dólares. En este sentido, los panameños actuaron con notable inteligencia y practicidad. Conscientes de la relevancia del Canal, por un lado, establecieron una legislación a nivel constitucional especial que resguarda su viabilidad operativa y financiera - por ejemplo, el derecho de huelga está prescrito en el Canal -; y, por otro lado, realizaron una importante inversión para ampliar la infraestructura del Canal mediante la construcción de nuevas esclusas más grandes que desde 2014 permiten el paso de embarcaciones mayores conocidas como Neopanamax. Con ello, casi duplicaron los ingresos del Canal.

TERCER ACTO. CONSTITUCIÓN PANAMEÑA. Esta es una probadita de las normas constitucionales panameñas que rigen al Canal de Panamá. “Artículo 315. El Canal de Panamá constituye un patrimonio inalienable de la Nación panameña; permanecerá abierto al tránsito pacífico e ininterrumpido de las naves de todas las naciones y su uso estará sujeto a los requisitos y condiciones que establezcan esta Constitución, la Ley y su Administración. Artículo 316. Se crea una persona jurídica autónoma de Derecho Público, que se denominará Autoridad del Canal de Panamá, a la que corresponderá privativamente la administración, funcionamiento, conservación, mantenimiento y modernización del Canal de Panamá y sus actividades conexas, con arreglo a las normas constitucionales y legales vigentes, a fin que funcione de manera segura, continua, eficiente y rentable. Tendrá patrimonio propio y derecho de administrarlo… La Autoridad del Canal de Panamá no estará sujeta al pago de impuestos, derechos, tasas, cargos, contribuciones o tributos, de carácter nacional o municipal, con excepción de las cuotas de seguridad social, el seguro educativo, los riesgos profesionales y las tasas por servicios públicos… Artículo 322. La Autoridad del Canal de Panamá estará sujeta a un régimen laboral especial basado en un sistema de méritos y adoptará un Plan General de Empleo… La Autoridad del Canal de Panamá contratará, preferentemente, a nacionales panameños. La Ley Orgánica regulará la contratación de empleados extranjeros garantizando que no rebajen las condiciones o normas de vida del empleado panameño. En consideración al servicio público internacional esencial que presta el Canal, su funcionamiento no podrá interrumpirse por causa alguna. Los conflictos laborales entre los trabajadores del Canal de Panamá y su Administración serán resueltos entre los trabajadores o los sindicatos y la Administración, siguiendo los mecanismos de dirimencia que se establezcan en la Ley. El arbitraje constituirá la última instancia administrativa.”.

TRAS BAMBALINAS. ¡QUÉ ENVIDIA! En otras palabras, Panamá blindó jurídicamente al Canal para evitar que se convirtiera en botín político y se arriesgó invirtiendo para asegurar el futuro. Ambas cosas fue lo que los mexicanos no pudimos lograr durante 81 años con PEMEX. El rotundo fracaso de nuestra política energética, siendo un país petrolizado, deviene de nuestra incompetencia para crear un marco jurídico adecuado que hubiera blindado a Petróleos Mexicanos para que no fuera saqueado por gobiernos, funcionarios y líderes sindicales, como lo ha sido, y que le hubiera brindado operatividad; así como por la pésima estrategia financiera del Estado mexicano que literalmente “exprimió” a PEMEX durante décadas. Siendo público y notorio que jamás se invirtió inteligentemente, ni siquiera en mantenimiento.

Notario Público 19 de Querétaro.

ferortiz@notaria19qro.com