/ martes 24 de abril de 2018

Ablandarán Código Civil para padres que son menores de edad


La Comisión de la Familia de la legislatura local pretende reformar el artículo 350 del código civil del estado, para permitir que cuando los padres de un bebé sean menores de edad, puedan reconocer a sus hijos con el permiso de quienes ejerzan la patria potestad o tutela, porque hoy requieren una autorización judicial.

La diputada Leticia Mercado Herrera, presidenta de la Comisión de la Familia, detalló que actualmente el Código Civil advierte que el hombre menor de 18 años de edad no emancipado puede reconocer a sus hijos sólo si cuenta con una autorización por parte de un juez.

Esta autorización no se exige a las mujeres menores de 18 años que quieren registrar a sus hijos, ya que ellas sólo requieren el permiso de que quien ejerza la patria potestad o la tutela de la joven.

La propuesta de reforma pretende que las y los jóvenes menores de 18 años de edad puedan reconocer a sus hijos únicamente con la autorización de quien ejerce la patria potestad o tutela y se eliminaría la limitante para los padres jóvenes que no alcanzan la mayoría de edad.

Con esto, tanto los padres como las madres jóvenes tienen la misma posibilidad de registrar a sus hijos sólo con el acompañamiento de quienes tienen la tutela o patria potestad.

La reforma surgió a partir de un joven que solicitó el apoyo de la diputada porque no podía registrar a su hijo sin la autorización de un juez, lo que obliga a los padres a esperar a cumplir los 18 años de edad.

Leticia Mercado explicó que la reforma se presentará en unos días, con el fin de garantizar que la ley se aplica sin distingos y con base en un pleno reconocimiento de los derechos bajo un principio de igualdad.



La Comisión de la Familia de la legislatura local pretende reformar el artículo 350 del código civil del estado, para permitir que cuando los padres de un bebé sean menores de edad, puedan reconocer a sus hijos con el permiso de quienes ejerzan la patria potestad o tutela, porque hoy requieren una autorización judicial.

La diputada Leticia Mercado Herrera, presidenta de la Comisión de la Familia, detalló que actualmente el Código Civil advierte que el hombre menor de 18 años de edad no emancipado puede reconocer a sus hijos sólo si cuenta con una autorización por parte de un juez.

Esta autorización no se exige a las mujeres menores de 18 años que quieren registrar a sus hijos, ya que ellas sólo requieren el permiso de que quien ejerza la patria potestad o la tutela de la joven.

La propuesta de reforma pretende que las y los jóvenes menores de 18 años de edad puedan reconocer a sus hijos únicamente con la autorización de quien ejerce la patria potestad o tutela y se eliminaría la limitante para los padres jóvenes que no alcanzan la mayoría de edad.

Con esto, tanto los padres como las madres jóvenes tienen la misma posibilidad de registrar a sus hijos sólo con el acompañamiento de quienes tienen la tutela o patria potestad.

La reforma surgió a partir de un joven que solicitó el apoyo de la diputada porque no podía registrar a su hijo sin la autorización de un juez, lo que obliga a los padres a esperar a cumplir los 18 años de edad.

Leticia Mercado explicó que la reforma se presentará en unos días, con el fin de garantizar que la ley se aplica sin distingos y con base en un pleno reconocimiento de los derechos bajo un principio de igualdad.


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