/ domingo 14 de julio de 2024

Absuelven a Vocero de la Diócesis de expresiones de odio y discriminación 

La Sala Regional del Centro II desconoció la autoridad del CONAPRED para finalizar el procedimiento de queja

El vocero de la diócesis de Querétaro, Martín Lara Becerril, obtuvo un triunfo legal sobre la comunidad LGBTQ+ que lo acusó de discriminación y emitir mensajes de odio.

De acuerdo con el resolutivo de la Sala Regional del Centro II del Tribunal de Justicia Administrativa, sobre el expediente 901/23-09-01-7, el presbítero no incurrió en expresiones denigrantes en contra de personas, discursos de odio respecto de algún grupo social, agresiones que pusieran en riesgo el ejercicio de derechos o se hayan generado daños determinados objetivamente y a partir de una relación causa-efecto entre sus dichos y las posibles afectaciones.

Lo anterior, en respuesta a una resolución CONAPRED/DGAQ/113/2021 del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación de la Secretaría de Gobernación, del 16 de diciembre de 2021, donde se le exhorta a evitar el uso de exprés discriminatorias en contra de personas de la comunidad LGBTQ+, promovido entre otros por el Frente Queretano.

La Sala Regional del Centro II desconoció la autoridad del CONAPRED para finalizar el procedimiento de queja con la emisión de dicho exhorto que incite a los denunciados a abstenerse de eludir expresiones de carácter discriminatorio.

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Por ello, declara la nulidad lisa y llana de las resoluciones del CONAPRED en contra del vocero de la Diócesis de Querétaro.

El vocero de la diócesis de Querétaro, Martín Lara Becerril, obtuvo un triunfo legal sobre la comunidad LGBTQ+ que lo acusó de discriminación y emitir mensajes de odio.

De acuerdo con el resolutivo de la Sala Regional del Centro II del Tribunal de Justicia Administrativa, sobre el expediente 901/23-09-01-7, el presbítero no incurrió en expresiones denigrantes en contra de personas, discursos de odio respecto de algún grupo social, agresiones que pusieran en riesgo el ejercicio de derechos o se hayan generado daños determinados objetivamente y a partir de una relación causa-efecto entre sus dichos y las posibles afectaciones.

Lo anterior, en respuesta a una resolución CONAPRED/DGAQ/113/2021 del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación de la Secretaría de Gobernación, del 16 de diciembre de 2021, donde se le exhorta a evitar el uso de exprés discriminatorias en contra de personas de la comunidad LGBTQ+, promovido entre otros por el Frente Queretano.

La Sala Regional del Centro II desconoció la autoridad del CONAPRED para finalizar el procedimiento de queja con la emisión de dicho exhorto que incite a los denunciados a abstenerse de eludir expresiones de carácter discriminatorio.

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Por ello, declara la nulidad lisa y llana de las resoluciones del CONAPRED en contra del vocero de la Diócesis de Querétaro.

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