Luego de que la Profeco, diera a conocer que empresas inmobiliarias y corredores de bienes raíces ocupan el segundo lugar en quejas con 120 en lo que va del año, la presidenta de la Asociación Mexicana de Profesionales Inmobiliarios, (AMPI), Ivonne Gutiérrez, aclaró que el gremio que representa es solo un intermediario de venta.
Informó que por lo pronto ya se dio un acercamiento con el delegado de la Procuraduría Federal del Consumidor afín de atender y aclarar que la labor de los profesionales inmobiliarios no tiene que ver con el tema de garantías que finalmente es el motivo principal de las quejas ante la dependencia.
“Lo que se platicó con él, (el delegado), es que nosotros somos intermediarios de venta, no los que damos la garantía y en este caso la queja es para desarrollos, no a nosotros prestadores del servicio de comercialización”.
Dijo que el compromiso de la asociación es cuidar que cuando se tome un desarrollo para comercializar se verifique las condiciones venta, y en específico preventa para que en el momento de firma del cliente se cumpla con lo inicialmente prometido.
120 QUEJAS
Cabe citar que ante la Procuraduría Federal del Consumidor suman 120 las quejas contra las empresas inmobiliarias y corredores de bienes raíces de enero a la fecha, solo por debajo del servicio de telecomunicaciones que el año pasado sumaron alrededor de 200.
Las principales inconformidades de los consumidores tienen que ver con las garantías y es que la ley federal de protección al consumidor establece tiempos que el proveedor está obligado a respetar en el caso de garantías que para daños estructurales en viviendas es de cinco años, tres para impermeabilización y para lo demás un año.
La Profeco ha detectado que en los contratos de compraventa de algunas empresas no respetan los términos de garantías ya que éstos resultan inferiores, cuando el proveedor está obligado a ajustarse a los mínimos de ley.
La delegación de Profeco recordó que para efecto de levantar una queja o denuncia la ley exige dos requisitos fundamentales; el nombre o razón social del establecimiento y el segundo dato el domicilio para notificar; requisitos que en ocasiones han complicado formalizar las quejas.