/ domingo 26 de agosto de 2018

Concubinatos, el 35% de los casos de disolución en juzgados

El juicio en materia familiar persiste como la primera causa de que la población recurra por respaldo jurídico y como principal detonante se encuentra el divorcio, indicó Ofir Aragón, presidente del Colegio de Abogados Litigantes del Estado de Querétaro (CALEQ).

Reveló que un número creciente de casos de concubinato se encuentran entre las disoluciones que van a juicio y se trata de demandas que siempre tienen otras cuestiones relacionadas: pensión alimenticia, custodia y patria potestad, aunque pueden llevarse de forma separada.

Resaltó que de los casos de disolución del vínculo, hasta 35 por ciento de los casos derivan de una relación de concubinato, es decir, de una pareja que vivió junta sin contraer matrimonio.

“Como abogados litigantes, 65, 70 por ciento de los abogados está en la materia familiar, la otra parte en la materia penal, pero el nuevo sistema de justicia penal nos lleva no a tener juicios como tales en materia penal, por las alternativas de salida”.

Remarcó que la figura del concubinato se rige con los mismos derechos del matrimonio y no existe un lapso mínimo de relación que se deba cumplir para solicitar una compensación.

“No hay años, es la cohabitabilidad, la vida marital… La única repercusión de un concubinato es que los derechos que se pueden exigir derivados de un concubinato sólo pueden perdurar lo que duró el concubinato”.

EN AUMENTO HOMBRES CON PENSIÓN ALIMENTICIA

Apuntó que cada vez más hombres solicitan el divorcio, pensión alimenticia y patria potestad, aunque el mayor porcentaje lo siguen teniendo las mujeres.

No existe una edad promedio para solicitar los derechos de divorcio, aunque si llegan a relacionarse, estimó, otros factores, como los sociales, la poca tolerancia, el crecimiento profesional de la mujer y la forma de vida.

“Basta la declaración unilateral de uno de los cónyuges (de querer finalizar la unión), para que se decrete la disolución del vínculo matrimonial… Con esta situación, prácticamente, hemos dejado de un lado las cuestiones de la causal (de divorcio), ya la causa puede ser la voluntad de una de las partes… si ya no quieres estar casado, da lo mismo que digas o no digas la causal”, remarcó al finalizar.


El juicio en materia familiar persiste como la primera causa de que la población recurra por respaldo jurídico y como principal detonante se encuentra el divorcio, indicó Ofir Aragón, presidente del Colegio de Abogados Litigantes del Estado de Querétaro (CALEQ).

Reveló que un número creciente de casos de concubinato se encuentran entre las disoluciones que van a juicio y se trata de demandas que siempre tienen otras cuestiones relacionadas: pensión alimenticia, custodia y patria potestad, aunque pueden llevarse de forma separada.

Resaltó que de los casos de disolución del vínculo, hasta 35 por ciento de los casos derivan de una relación de concubinato, es decir, de una pareja que vivió junta sin contraer matrimonio.

“Como abogados litigantes, 65, 70 por ciento de los abogados está en la materia familiar, la otra parte en la materia penal, pero el nuevo sistema de justicia penal nos lleva no a tener juicios como tales en materia penal, por las alternativas de salida”.

Remarcó que la figura del concubinato se rige con los mismos derechos del matrimonio y no existe un lapso mínimo de relación que se deba cumplir para solicitar una compensación.

“No hay años, es la cohabitabilidad, la vida marital… La única repercusión de un concubinato es que los derechos que se pueden exigir derivados de un concubinato sólo pueden perdurar lo que duró el concubinato”.

EN AUMENTO HOMBRES CON PENSIÓN ALIMENTICIA

Apuntó que cada vez más hombres solicitan el divorcio, pensión alimenticia y patria potestad, aunque el mayor porcentaje lo siguen teniendo las mujeres.

No existe una edad promedio para solicitar los derechos de divorcio, aunque si llegan a relacionarse, estimó, otros factores, como los sociales, la poca tolerancia, el crecimiento profesional de la mujer y la forma de vida.

“Basta la declaración unilateral de uno de los cónyuges (de querer finalizar la unión), para que se decrete la disolución del vínculo matrimonial… Con esta situación, prácticamente, hemos dejado de un lado las cuestiones de la causal (de divorcio), ya la causa puede ser la voluntad de una de las partes… si ya no quieres estar casado, da lo mismo que digas o no digas la causal”, remarcó al finalizar.


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