El proyecto del código de procedimientos familiares quepromueve el Poder Judicial contempla un proceso de audiencia dejuicio, con alegatos de apertura de hasta 10 minutos a cada una delas partes, lo que resulta novedoso para el sistema de justicialocal, informó la magistrada Marisela Sandoval López.
Durante la sesión de la Comisión de Administración yProcuración de Justicia de la Legislatura Local, que preside eldiputado Luis Antonio Rangel, Sandoval López afirmó que el nuevocódigo contempla un desahogo de pruebas que dará paso unacitación de sentencia, en un plazo máximo de 10 días que podráampliarse hasta por 15 días, lo que dará celeridad a losprocedimientos familiares.
Ante los representantes de las asociaciones de abogados y elConsejo de Notarios, la magistrada efectuó la tercera exposicióndel proyecto que impulsa el Tribunal Superior de Justicia delestado en la Legislatura Local.
Marisela Sandoval resaltó que sólo el código de la Ciudad deMéxico presenta un modelo parecido al que se propone paraQuerétaro, aunque en aquella entidad se plantea sólo un peritoque deja fuera a las partes y da pie a ciertas omisiones, lo que seevitará en el caso de la legislación queretana.
El procedimiento oral familiar que se impulsa en el estado, através de este código, otorgará autonomía legislativa a lamateria familiar del proceso civil y señalará los principiosaplicables a la materia familiar, para acelerar todos losprocedimientos y dar mayor certidumbre a los involucrados.
Desde noviembre a la fecha, el juzgado familiar dictó 400sentencias en este rubro y de ellas, sólo dos presentaron unrecurso de apelación, lo que demuestra la pertinencia de lasreformas.
REFORMAN CÓDIGO CIVIL
Durante la sesión de la comisión que preside el diputado LuisAntonio Rangel, se reformó el artículo 182 del código civil delestado, en el que se establece que la suspensión de la sociedadconyugal procederá en los casos en los que uno de los cónyugesabandone, sin causa justificada, el domicilio conyugal por más deseis meses.
Además, cuando la separación de los cónyuges sea por más dedos años, sin importar la causa, y por incumplimientoinjustificado de las obligaciones alimentarias entre loscónyuges.