/ jueves 18 de febrero de 2021

Diputados modifican Ley anticovid

Los diputados locales aprobaron en Comisión una tercera modificación al Código Penal del Estado

Luego de la inconformidad de organizaciones civiles contra las reformas, que se aprobaron desde el año pasado por la pandemia del Covid-19, los diputados locales aprobaron en Comisión una tercera modificación al Código Penal del Estado y que establece sanciones, a quien impida la ejecución de una obra, cuando esta se realice “por medio de violencia física”.

Durante la sesión y con la presencia de la presidenta de la Defensoría de los Derechos Humanos, Roxana Ávalos Vázquez, la comisión aprobó estas modificaciones, luego de que la DDH y la bancada de Morena presentaran acciones de inconstitucionalidad, debido a que consideraron que iban en contra de los derechos humanos.

“…es útil para la autoridad para velar por la salud, la vida y los derechos”, enfatizó el presidente de la comisión, el panista Agustín Dorantes Lámbarri.

De acuerdo con lo aprobado en comisión, se reformaría el artículo 170 que establece sanciones a quien lesione al personal de salud, sin embargo, la modificación solo añadiría que la pena se incrementará hasta en una mitad más durante una emergencia sanitaria y se eliminaría que este delito se persiga por querella, a excepción de cuando se cometa en contra de personal de servicios de salud públicos o privados.

Asimismo, se propone modificar el artículo 288 y que establece sanciones a quien, por medio de amenazas o violencia se oponga a que la autoridad pública ejerza alguna de sus funciones. La pena propuesta con anterioridad eran hasta cuatro años de prisión y hasta 500 veces el valor diario de la UMA; sin embargo, se propone reducir la sanción económica a 80 veces el valor de la UMA.

En el caso del artículo 289, y que sanciona a quien, con actos materiales impida la ejecución de una obra o trabajados públicos, los legisladores locales proponen añadir que se apliquen sanciones cuando esto se dé “por medio de violencia física”.

Entre las modificaciones también esta una reforma al artículo 287 que sanciona a quien debiendo declarar ante la autoridad, y sin que le beneficien las excepciones de ley, se niegue a dar la protesta de ley. Dicho acto se sanciona de tres a cuatro años de prisión y con hasta cinco mil veces el valor de la UMA o trabajo en favor de la comunidad hasta por un año.

La nueva propuesta de los diputados establece que la sanción sea de seis meses a cuatro años y hasta 40 veces el valor diario de la UMA, o bien, trabajos de hasta por un año a favor de la comunidad.

Luego de la inconformidad de organizaciones civiles contra las reformas, que se aprobaron desde el año pasado por la pandemia del Covid-19, los diputados locales aprobaron en Comisión una tercera modificación al Código Penal del Estado y que establece sanciones, a quien impida la ejecución de una obra, cuando esta se realice “por medio de violencia física”.

Durante la sesión y con la presencia de la presidenta de la Defensoría de los Derechos Humanos, Roxana Ávalos Vázquez, la comisión aprobó estas modificaciones, luego de que la DDH y la bancada de Morena presentaran acciones de inconstitucionalidad, debido a que consideraron que iban en contra de los derechos humanos.

“…es útil para la autoridad para velar por la salud, la vida y los derechos”, enfatizó el presidente de la comisión, el panista Agustín Dorantes Lámbarri.

De acuerdo con lo aprobado en comisión, se reformaría el artículo 170 que establece sanciones a quien lesione al personal de salud, sin embargo, la modificación solo añadiría que la pena se incrementará hasta en una mitad más durante una emergencia sanitaria y se eliminaría que este delito se persiga por querella, a excepción de cuando se cometa en contra de personal de servicios de salud públicos o privados.

Asimismo, se propone modificar el artículo 288 y que establece sanciones a quien, por medio de amenazas o violencia se oponga a que la autoridad pública ejerza alguna de sus funciones. La pena propuesta con anterioridad eran hasta cuatro años de prisión y hasta 500 veces el valor diario de la UMA; sin embargo, se propone reducir la sanción económica a 80 veces el valor de la UMA.

En el caso del artículo 289, y que sanciona a quien, con actos materiales impida la ejecución de una obra o trabajados públicos, los legisladores locales proponen añadir que se apliquen sanciones cuando esto se dé “por medio de violencia física”.

Entre las modificaciones también esta una reforma al artículo 287 que sanciona a quien debiendo declarar ante la autoridad, y sin que le beneficien las excepciones de ley, se niegue a dar la protesta de ley. Dicho acto se sanciona de tres a cuatro años de prisión y con hasta cinco mil veces el valor de la UMA o trabajo en favor de la comunidad hasta por un año.

La nueva propuesta de los diputados establece que la sanción sea de seis meses a cuatro años y hasta 40 veces el valor diario de la UMA, o bien, trabajos de hasta por un año a favor de la comunidad.

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