/ jueves 1 de junio de 2017

Endurecer sanciones contra menores ebrios, pide PRI

Los diputados Mauricio Ortiz Proal y Carlos Manuel Vega de laIsla propusieron en el Congreso endurecer las sanciones contra losmenores de edad que conduzcan ebrios, con exceso de velocidad o enambas condiciones.

La iniciativa de ley propone reformar y adicionar los artículosdel 54 al 57, 69 y 73 de la Ley de Tránsito del Estado, antehechos de tránsito relacionados con personas menores de edad yjóvenes en sus primeros años de experiencia de conducir, con laque buscan evitar que conduzcan en estado de ebriedad o a exceso develocidad.

El diputado Carlos Vega detalló que el país ocupa el séptimolugar a nivel mundial en muertes por accidentes de tránsito y deacuerdo con Roy Rojas, asesor de la Organización Panamericana dela Salud, en México se movilizan alrededor de 200 mil conductores,los fines de semana, bajo la influencia del alcohol, lo que cadaaño causa la muerte de 24 mil personas en accidentesautomovilísticos.

El consumo de alcohol se relaciona con ocho de cada diez casosde personas lesionadas en accidentes de tránsito y la mayor partede las más de 14 mil muertes al año se deben a manejar en estadode ebriedad, porque ya es la primera causa de muerte entre losjóvenes mexicanos de entre 15 a 29 años.

Con la reforma a la Ley de tránsito se busca que el permiso deconducir se otorgue a partir de los 17 años y la licencia demanejo a partir de los 18 años de edad, con una serie derequisitos como el certificado de conducción de una escuela demanejo certificada por la Dirección de Policía Estatal.

En el caso del permiso de manejo, será necesaria una carta deautorización del padre o tutor, así como de aceptación deresponsabilidad civil por cualquier daño que ocasione el conductordel vehículo.

En caso de que exista una falta a la Ley de Tránsito o suReglamento, o suspensión temporal de los derechos de conducir, sedeberá presentar de nueva cuenta todos los requisitos establecidospara obtener el permiso o la licencia por primera vez.

Además, no se concederá licencia de manejo a la persona menorde edad que  circule sin su permiso de manejo o  cometa unainfracción cuando manejaba por encima de los grados de alcoholpermitidos en la norma oficial correspondiente, o bajo el influjode las drogas.

A las personas con licencia de conducir o licencia vencida, quecometan una infracción, conduzcan por encima de los grados dealcohol permitidos o bajo el influjo de las drogas, se lesaplicará suspensión inmediata desde el momento de acreditarsedicho estado, sin importar su edad.

Para obtener la renovación de la licencia, se deberá acreditarque la persona se encuentra en un programa de desintoxicación quepresenta avances significativos, así como los certificadosmédicos que demuestren su buen estado.

Las suspensiones temporales de la licencia podrán ser hasta porun año, hasta la cancelación definitiva de los derechos queampara la licencia de manejo o permiso correspondiente.

Los diputados Mauricio Ortiz Proal y Carlos Manuel Vega de laIsla propusieron en el Congreso endurecer las sanciones contra losmenores de edad que conduzcan ebrios, con exceso de velocidad o enambas condiciones.

La iniciativa de ley propone reformar y adicionar los artículosdel 54 al 57, 69 y 73 de la Ley de Tránsito del Estado, antehechos de tránsito relacionados con personas menores de edad yjóvenes en sus primeros años de experiencia de conducir, con laque buscan evitar que conduzcan en estado de ebriedad o a exceso develocidad.

El diputado Carlos Vega detalló que el país ocupa el séptimolugar a nivel mundial en muertes por accidentes de tránsito y deacuerdo con Roy Rojas, asesor de la Organización Panamericana dela Salud, en México se movilizan alrededor de 200 mil conductores,los fines de semana, bajo la influencia del alcohol, lo que cadaaño causa la muerte de 24 mil personas en accidentesautomovilísticos.

El consumo de alcohol se relaciona con ocho de cada diez casosde personas lesionadas en accidentes de tránsito y la mayor partede las más de 14 mil muertes al año se deben a manejar en estadode ebriedad, porque ya es la primera causa de muerte entre losjóvenes mexicanos de entre 15 a 29 años.

Con la reforma a la Ley de tránsito se busca que el permiso deconducir se otorgue a partir de los 17 años y la licencia demanejo a partir de los 18 años de edad, con una serie derequisitos como el certificado de conducción de una escuela demanejo certificada por la Dirección de Policía Estatal.

En el caso del permiso de manejo, será necesaria una carta deautorización del padre o tutor, así como de aceptación deresponsabilidad civil por cualquier daño que ocasione el conductordel vehículo.

En caso de que exista una falta a la Ley de Tránsito o suReglamento, o suspensión temporal de los derechos de conducir, sedeberá presentar de nueva cuenta todos los requisitos establecidospara obtener el permiso o la licencia por primera vez.

Además, no se concederá licencia de manejo a la persona menorde edad que  circule sin su permiso de manejo o  cometa unainfracción cuando manejaba por encima de los grados de alcoholpermitidos en la norma oficial correspondiente, o bajo el influjode las drogas.

A las personas con licencia de conducir o licencia vencida, quecometan una infracción, conduzcan por encima de los grados dealcohol permitidos o bajo el influjo de las drogas, se lesaplicará suspensión inmediata desde el momento de acreditarsedicho estado, sin importar su edad.

Para obtener la renovación de la licencia, se deberá acreditarque la persona se encuentra en un programa de desintoxicación quepresenta avances significativos, así como los certificadosmédicos que demuestren su buen estado.

Las suspensiones temporales de la licencia podrán ser hasta porun año, hasta la cancelación definitiva de los derechos queampara la licencia de manejo o permiso correspondiente.

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