Se encuentra ya en vigor el segundo horario de restricción para la circulación de vehículos de transporte de carga en vías municipales de la capital queretana, y que comprende de 17:30 horas a 20:30 horas.
Con ello, se cumple con el Reglamento de Movilidad y Tránsito del Municipio de Querétaro que estableció dos horarios como medida de restricción, para los vehículos de carga pesada que pretendan circular en las vialidades municipales.
La reglamentación se púbico el 3 de septiembre de 2019 y su entrada en vigor se prorrogó hasta en dos ocasiones por la contingencia del Covid-19, a fin de que se garantizaran los suministros y servicios de primera necesidad para la población.
La última prórroga estableció que la restricción entraría en vigor 45 días después del 14 de julio, es decir, el 28 de agosto, para el primer horario de las 6:30 a las 09:00 horas; y 60 días después del 28 de agosto, en el segundo horario de 17:30 horas a 20:30 horas, es decir el 27 de octubre.
Las restricciones que refiere el artículo 57 del Reglamento para la Movilidad y el Tránsito del Municipio de Querétaro, es para vehículos de transporte de carga con una configuración de más de dos ejes o con distancia entre eje delantero y trasero de más de 4.5 metros.
Las empresas y unidades de transporte pesado que requieran circular por las vialidades municipales dentro esos dos horarios de restricción, deberán registrarse en una plataforma digital que abrió desde hace unos meses la Secretaría de Movilidad.