/ viernes 28 de febrero de 2020

Hoy aprueban horarios para cargueros en vías capitalinas

Regidores del Ayuntamiento de Querétaro, aprobarán este viernes en Comisiones Unidas de Gobernación, Seguridad Pública, Tránsito y Policía Preventiva y Movilidad, dos horarios

Regidores del Ayuntamiento de Querétaro, aprobarán este viernes en Comisiones Unidas de Gobernación, Seguridad Pública, Tránsito y Policía Preventiva y Movilidad, dos horarios de restricción a la circulación del transporte pesado por vías municipales.

Según el acuerdo, el transporte de carga no podrá circular por vías de competencia municipal, estatal o que hayan sido convenidas con el estado o la federación, en horarios de 6:30 a 09:00 de la mañana y de 17:30 a 20:30 de la tarde noche.

El acuerdo que reforma diversas disposiciones del Reglamento para la Movilidad y el Tránsito, en su artículo 57, establece que deberán sujetarse a este reforma, los vehículos de más de dos ejes o con distancia entre eje delantero y trasero de más de 4.5 metros.

La restricción aplica para las laterales de la Avenida 5 de Febrero y Prolongación Paseo de la República, así como Bernardo Quintana y la carretera 57; pero no aplica para los carriles centrales que son administrados por la Secretaría de Comunicaciones y Transporte.

Según los artículos transitorios, se contempla que estas medidas de restricción entren en vigor en dos fechas:

La restricción para el horario comprendido de 06:30 a 09:00 horas, entrará en vigor 45 días después de la fecha de la primera de su publicación en la Gaceta Oficial del Municipio y en el periódico oficial de Gobierno del Estado la Sombra de Arteaga.

Mientras que la restricción en el horario comprendido de las 17:30 a 20:30 de la noche, entrará en vigor noventa días después de fecha de la primera de las publicaciones en la Gaceta Oficial del Municipio y en el periódico oficial de Gobierno del Estado la Sombra de Arteaga.

Los vehículos con combinación vehicular especial, que excedan las 90 toneladas de peso bruto vehicular, debe informar a la Secretaría de Movilidad, la ruta, los horarios de circulación y elementos de seguridad contemplados para su traslado.

El incumpliendo de la normatividad, establece diferentes sanciones, que van de 40 hasta 120 UMAS, y tres puntos de penalización en licencia de conducir.

En agosto, el ayuntamiento aprobó el Reglamento para la Movilidad y el Tránsito Municipal, que en su artículo 57 que establece horarios de restricción a la circulación de vehículos de transporte de carga en vialidades municipales, de 6:00 a 22:00 horas, y que entraría en vigor el 4 de marzo.

La reglamentación aprobada entonces, se modificará la próxima semana en sesión extraordinaria de cabildo, luego de que asociaciones de transportistas y empresariales solicitaron reducir el horario de restricción aprobado para el transporte pesado.

Regidores del Ayuntamiento de Querétaro, aprobarán este viernes en Comisiones Unidas de Gobernación, Seguridad Pública, Tránsito y Policía Preventiva y Movilidad, dos horarios de restricción a la circulación del transporte pesado por vías municipales.

Según el acuerdo, el transporte de carga no podrá circular por vías de competencia municipal, estatal o que hayan sido convenidas con el estado o la federación, en horarios de 6:30 a 09:00 de la mañana y de 17:30 a 20:30 de la tarde noche.

El acuerdo que reforma diversas disposiciones del Reglamento para la Movilidad y el Tránsito, en su artículo 57, establece que deberán sujetarse a este reforma, los vehículos de más de dos ejes o con distancia entre eje delantero y trasero de más de 4.5 metros.

La restricción aplica para las laterales de la Avenida 5 de Febrero y Prolongación Paseo de la República, así como Bernardo Quintana y la carretera 57; pero no aplica para los carriles centrales que son administrados por la Secretaría de Comunicaciones y Transporte.

Según los artículos transitorios, se contempla que estas medidas de restricción entren en vigor en dos fechas:

La restricción para el horario comprendido de 06:30 a 09:00 horas, entrará en vigor 45 días después de la fecha de la primera de su publicación en la Gaceta Oficial del Municipio y en el periódico oficial de Gobierno del Estado la Sombra de Arteaga.

Mientras que la restricción en el horario comprendido de las 17:30 a 20:30 de la noche, entrará en vigor noventa días después de fecha de la primera de las publicaciones en la Gaceta Oficial del Municipio y en el periódico oficial de Gobierno del Estado la Sombra de Arteaga.

Los vehículos con combinación vehicular especial, que excedan las 90 toneladas de peso bruto vehicular, debe informar a la Secretaría de Movilidad, la ruta, los horarios de circulación y elementos de seguridad contemplados para su traslado.

El incumpliendo de la normatividad, establece diferentes sanciones, que van de 40 hasta 120 UMAS, y tres puntos de penalización en licencia de conducir.

En agosto, el ayuntamiento aprobó el Reglamento para la Movilidad y el Tránsito Municipal, que en su artículo 57 que establece horarios de restricción a la circulación de vehículos de transporte de carga en vialidades municipales, de 6:00 a 22:00 horas, y que entraría en vigor el 4 de marzo.

La reglamentación aprobada entonces, se modificará la próxima semana en sesión extraordinaria de cabildo, luego de que asociaciones de transportistas y empresariales solicitaron reducir el horario de restricción aprobado para el transporte pesado.

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