/ martes 29 de mayo de 2018

La implementación: el talón de la Reforma Educativa

Desde su promulgación, la aplicación de la Reforma Educativa para la Educación Básica ha evidenciado varios problemas, sobre todo en la fase que puede considerarse su talón de Aquiles: la implementación. Dentro de los acuerdos establecidos en el llamado Pacto por México, firmado el 2 de diciembre del 2012 por el presidente Enrique Peña Nieto, y por los entonces presidentes de los partidos PAN, PRI, PRD y PVEM, estaba el de la reforma educativa, la cual a la postre fue promulgada el 25 de febrero del 2013 para, posteriormente, ser complementada por la Ley General de Educación, el 10 de septiembre del mismo año. El encargado de operar la reforma fue el entonces secretario de educación, Aurelio Nuño Meyer, quien actualmente se desempeña como coordinador de campaña del candidato presidencial por el PRI, PVEM y PANAL, José Antonio Meade.

En el tema de la implementación me referiré especificamente a lo concerniente al Servicio Profesional Docente, cuya concepción fue posible gracias a la reforma del artículo 73 que, en concreto, considera al examen de oposición como la única vía para el ingreso al servicio docente y la promoción a funciones directivas o de supervisión en la educación básica y media superior. Con base en la ley reglamentaria del artículo 3º, el Instituto Nacional para la Evaluación Educativa (INEE) está facultado y dotado de autonomía constitucional para establecer los criterios y evaluar los resultados.

No obstante, el examen nacional de oposición, más que ser un instrumento integral y genuino de evaluación, queda reducido a un mero trámite burocrático. Al tener validez anual, los profesores cada año se postulan como candidatos para la promoción o ingreso al Servicio Profesional Docente tantas veces sean necesarias con tal de obtener un lugar en la lista de prelación, la cual ésta condicionada por el número de plazas disponibles que oferte la unidad de servicios educativos de cada estado (en Querétaro, le corresponde a la USEBEQ). En caso de que los candidatos ingresen a la lista de prelación, la cual ronda alrededor de 20 plazas disponibles a lo mucho, reciben el nombramiento de interinos y tienen la opción de “elegir” entre las plazas que se ofertan. Esto constituye un verdadero limbo profesional para los profesores interinos caracterizado por las siguientes situaciones:

· Al ser trabajador para el Estado, la calidad de interinato tiene una duración de seis meses, tras los cuales el interino puede recibir un nombramiento definitivo, lo que se le llama basificación, la cual dependerá del número de bases que se liberen en cada ciclo escolar, tanto por jubilaciones o creación de plazas nuevas.

· El interino puede elegir una plaza prejubilatoria, la cual puede ser asignada de manera definitiva, puesto que el profesor anterior que deja la plaza está en proceso de jubilación, aunque esto dependerá del lugar que ocupe el interino en la lista de prelación y de la asignación que hagan tanto el SNTE como USEBEQ de dichas plazas (de 10 plazas, por ejemplo, 5 son para el SNTE y 5 para USEBEQ). En este caso, el pago de nomina para los interinos es de 70% sin ningún tipo de prestación.

· El interino puede optar por elegir una plaza disponible por otros motivos, por ejemplo, que el profesor anterior esté trabajando en áreas administrativas. En estos casos, el pago es de 100% pero tampoco hay ningún tipo de prestación.

· Obtener una plaza por asignación directa si es que el interino se ubicó dentro de los primeros lugares en la lista de prelación. No obstante, la asignación de la escuela depende de la disponibilidad: si un profesor de matemáticas que radica en Querétaro obtuvo el primer lugar en la lista de prelación, puede obtener su plaza de acuerdo a las que estén disponibles en el estado, muy probablemente en Jalpan o Landa de Matamoros, debido a que la región serrana es la que tiene el mayor número de plazas disponibles porque son muy pocos los maestros que acceden a trabajar ahí.

Lo anterior propicia que la condición laboral de los profesores sea inequitativa. Por ejemplo, si un profesor interino radica en Querétaro y obtiene una plaza de 14 horas en Tolimán por un contrato de tres meses, no obtendrá apoyo de transporte, gasolina, o consideraciones especiales por motivos de movilidad (el tiempo de traslado de Querétaro a Tolimán es, en promedio, de 90 minutos, sin contar el denso tránsito y las eternas obras en el tramo de la Cuesta China al entroque con la carretera 100). Como detalle, cabe señalar que, tras recibir su nombramiento como profesor interino y firmar contrato, el pago de su salario tardará por lo menos dos quincenas en efectuarse debido a trámites administrativos.

Tras el simple examen de conocimientos (conocimientos disciplinares, conocimientos básicos de psicología, didáctica y pedagogía, y los referentes a la reforma educativa) no hay otra forma de legitimar el ingreso o la permanencia de un profesor interino. No importa si su desempeño frente a grupo sea destacado, tampoco importa que su área de acción e intervención educativa estén a la vanguardia (recordemos que tras la reforma, el ingreso ya no es exclusivo a normalistas, por lo que es posible encontrar profesionales outsiders en otras áreas con maestría en ámbitos educativos).

Todo lo anterior, propicia una grave interrupción de los procesos educativos al interior de las aulas de los niveles preescolar, primaria y secundaria, ya que la rotación en la plantilla de profesores es permanente, con lo que no se garantiza el seguimiento de procesos de aprendizaje ni contenidos temáticas, ya no digamos el seguimiento en el ámbito de competencias ni de intervención educativa, en el caso de que los interinos tengan la encomienda de ser asesores de grupo.

Los Consejos Técnicos Escolares son insuficientes, a lo menos, para la implementación de la reforma educativa. Al carecer de una figura que coordine, valide, revise los resultados y evalúe el desarrollo, tanto la aplicación de la reforma como la implementación del nuevo modelo educativo redundan en tareas futiles y desvinculadas del verdadero propósito del CTE.

Por su parte, el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación ha relegado su función de mediador entre el Estado y el trabajador para reducirse a una comparsa débil de los intereses políticos de las postrimerías del priismo.

La reforma se ha quedado corta. Los años pasan y la calidad educativa, en vez de mejorar, empeora, por lo que más que refrendarla se debe de optimizar y fortalecer. Cancelar la reforma educativa o pactar con los grupos charros que se oponen a ésta por intereses políticos sería un suicidio.

@doctorsimulacro

Desde su promulgación, la aplicación de la Reforma Educativa para la Educación Básica ha evidenciado varios problemas, sobre todo en la fase que puede considerarse su talón de Aquiles: la implementación. Dentro de los acuerdos establecidos en el llamado Pacto por México, firmado el 2 de diciembre del 2012 por el presidente Enrique Peña Nieto, y por los entonces presidentes de los partidos PAN, PRI, PRD y PVEM, estaba el de la reforma educativa, la cual a la postre fue promulgada el 25 de febrero del 2013 para, posteriormente, ser complementada por la Ley General de Educación, el 10 de septiembre del mismo año. El encargado de operar la reforma fue el entonces secretario de educación, Aurelio Nuño Meyer, quien actualmente se desempeña como coordinador de campaña del candidato presidencial por el PRI, PVEM y PANAL, José Antonio Meade.

En el tema de la implementación me referiré especificamente a lo concerniente al Servicio Profesional Docente, cuya concepción fue posible gracias a la reforma del artículo 73 que, en concreto, considera al examen de oposición como la única vía para el ingreso al servicio docente y la promoción a funciones directivas o de supervisión en la educación básica y media superior. Con base en la ley reglamentaria del artículo 3º, el Instituto Nacional para la Evaluación Educativa (INEE) está facultado y dotado de autonomía constitucional para establecer los criterios y evaluar los resultados.

No obstante, el examen nacional de oposición, más que ser un instrumento integral y genuino de evaluación, queda reducido a un mero trámite burocrático. Al tener validez anual, los profesores cada año se postulan como candidatos para la promoción o ingreso al Servicio Profesional Docente tantas veces sean necesarias con tal de obtener un lugar en la lista de prelación, la cual ésta condicionada por el número de plazas disponibles que oferte la unidad de servicios educativos de cada estado (en Querétaro, le corresponde a la USEBEQ). En caso de que los candidatos ingresen a la lista de prelación, la cual ronda alrededor de 20 plazas disponibles a lo mucho, reciben el nombramiento de interinos y tienen la opción de “elegir” entre las plazas que se ofertan. Esto constituye un verdadero limbo profesional para los profesores interinos caracterizado por las siguientes situaciones:

· Al ser trabajador para el Estado, la calidad de interinato tiene una duración de seis meses, tras los cuales el interino puede recibir un nombramiento definitivo, lo que se le llama basificación, la cual dependerá del número de bases que se liberen en cada ciclo escolar, tanto por jubilaciones o creación de plazas nuevas.

· El interino puede elegir una plaza prejubilatoria, la cual puede ser asignada de manera definitiva, puesto que el profesor anterior que deja la plaza está en proceso de jubilación, aunque esto dependerá del lugar que ocupe el interino en la lista de prelación y de la asignación que hagan tanto el SNTE como USEBEQ de dichas plazas (de 10 plazas, por ejemplo, 5 son para el SNTE y 5 para USEBEQ). En este caso, el pago de nomina para los interinos es de 70% sin ningún tipo de prestación.

· El interino puede optar por elegir una plaza disponible por otros motivos, por ejemplo, que el profesor anterior esté trabajando en áreas administrativas. En estos casos, el pago es de 100% pero tampoco hay ningún tipo de prestación.

· Obtener una plaza por asignación directa si es que el interino se ubicó dentro de los primeros lugares en la lista de prelación. No obstante, la asignación de la escuela depende de la disponibilidad: si un profesor de matemáticas que radica en Querétaro obtuvo el primer lugar en la lista de prelación, puede obtener su plaza de acuerdo a las que estén disponibles en el estado, muy probablemente en Jalpan o Landa de Matamoros, debido a que la región serrana es la que tiene el mayor número de plazas disponibles porque son muy pocos los maestros que acceden a trabajar ahí.

Lo anterior propicia que la condición laboral de los profesores sea inequitativa. Por ejemplo, si un profesor interino radica en Querétaro y obtiene una plaza de 14 horas en Tolimán por un contrato de tres meses, no obtendrá apoyo de transporte, gasolina, o consideraciones especiales por motivos de movilidad (el tiempo de traslado de Querétaro a Tolimán es, en promedio, de 90 minutos, sin contar el denso tránsito y las eternas obras en el tramo de la Cuesta China al entroque con la carretera 100). Como detalle, cabe señalar que, tras recibir su nombramiento como profesor interino y firmar contrato, el pago de su salario tardará por lo menos dos quincenas en efectuarse debido a trámites administrativos.

Tras el simple examen de conocimientos (conocimientos disciplinares, conocimientos básicos de psicología, didáctica y pedagogía, y los referentes a la reforma educativa) no hay otra forma de legitimar el ingreso o la permanencia de un profesor interino. No importa si su desempeño frente a grupo sea destacado, tampoco importa que su área de acción e intervención educativa estén a la vanguardia (recordemos que tras la reforma, el ingreso ya no es exclusivo a normalistas, por lo que es posible encontrar profesionales outsiders en otras áreas con maestría en ámbitos educativos).

Todo lo anterior, propicia una grave interrupción de los procesos educativos al interior de las aulas de los niveles preescolar, primaria y secundaria, ya que la rotación en la plantilla de profesores es permanente, con lo que no se garantiza el seguimiento de procesos de aprendizaje ni contenidos temáticas, ya no digamos el seguimiento en el ámbito de competencias ni de intervención educativa, en el caso de que los interinos tengan la encomienda de ser asesores de grupo.

Los Consejos Técnicos Escolares son insuficientes, a lo menos, para la implementación de la reforma educativa. Al carecer de una figura que coordine, valide, revise los resultados y evalúe el desarrollo, tanto la aplicación de la reforma como la implementación del nuevo modelo educativo redundan en tareas futiles y desvinculadas del verdadero propósito del CTE.

Por su parte, el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación ha relegado su función de mediador entre el Estado y el trabajador para reducirse a una comparsa débil de los intereses políticos de las postrimerías del priismo.

La reforma se ha quedado corta. Los años pasan y la calidad educativa, en vez de mejorar, empeora, por lo que más que refrendarla se debe de optimizar y fortalecer. Cancelar la reforma educativa o pactar con los grupos charros que se oponen a ésta por intereses políticos sería un suicidio.

@doctorsimulacro

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