/ sábado 22 de mayo de 2021

Multan a priista y exoneran a Celia

Durante sesión virtual, los magistrados analizaron los expedientes TEEQ-PES-24/2021 y TEEQ-PES-25/2021, los cuales corresponden a una denuncia hacia una militante priista

El Tribunal Electoral del Estado de Querétaro (TEEQ) determinó una multa de poco más de cuatro mil pesos a una candidatura del Partido Revolucionario Institucional (PRI) por incurrir en actos anticipados de campaña y hacer uso de símbolos religiosos, mientras que declaró inexistentes actos anticipados de campaña de la candidata de Morena Celia Maya García.

Durante sesión virtual, los magistrados analizaron los expedientes TEEQ-PES-24/2021 y TEEQ-PES-25/2021, los cuales corresponden a una denuncia hacia una militante priista, actualmente candidata a diputada, debido a que realizó diversas publicaciones en su Facebook que podrían considerarse actos anticipados de campaña y hacer uso de símbolos religiosos.

Al respecto, el TEEQ determinó existentes las infracciones a la ley electoral por promocionar su imagen frente al electorado y la priista también fue exhortada a tomar medidas para proteger los derechos humanos de la niñez. La multa impuesta fue de 50 Unidad de Medida y Actualización (UMA), equivalente a cuatro mil 481 pesos.

En tanto, con dos votos a favor y uno en contra por parte del magistrado Martín Silva, se declararon inexistentes los actos de pre campaña por parte de la candidata a la gubernatura por Morena y el medio Milenio TV. Esto debido a que en el medio mencionado, se realizó una publicación de un video en Twitter en donde la morenista emitía su opinión sobre diferentes temas, fuera del periodo permitido.

Como parte de otros procedimientos resueltos por el TEEQ, los magistrados determinaron modificar una resolución impugnada por el Partido del Trabajo (PT), luego de que se les negó registrar la planilla del ayuntamiento de San Juan del Río. Sin embargo, el TEEQ sostuvo que el registro de las candidaturas fue incompleto y el partido deberá hacer la sustitución de la candidatura en San Juan del Río.

De igual forma, los magistrados desecharon las demandas de morenistas que impugnaron una resolución del IEEQ, en donde se omitió su registro en la lista de diputaciones plurinominales, ya que, no las colocaron en las posiciones segunda y cuarta.

También se determinó como improcedente un recurso que presentó un militante de Morena, quien se identificó como adulto mayor y a quien se le omitió incluir en la lista de plurinominales, aun cuando resultó ganador del primer lugar en la tómbola.

También se confirmaron las listas de diputaciones y regidurías plurinominales de los partidos Encuentro Solidario (PES), Redes Sociales Progresistas y Fuerza por México, por cumplir los principios de paridad de género en el registro de candidaturas.

El Tribunal Electoral del Estado de Querétaro (TEEQ) determinó una multa de poco más de cuatro mil pesos a una candidatura del Partido Revolucionario Institucional (PRI) por incurrir en actos anticipados de campaña y hacer uso de símbolos religiosos, mientras que declaró inexistentes actos anticipados de campaña de la candidata de Morena Celia Maya García.

Durante sesión virtual, los magistrados analizaron los expedientes TEEQ-PES-24/2021 y TEEQ-PES-25/2021, los cuales corresponden a una denuncia hacia una militante priista, actualmente candidata a diputada, debido a que realizó diversas publicaciones en su Facebook que podrían considerarse actos anticipados de campaña y hacer uso de símbolos religiosos.

Al respecto, el TEEQ determinó existentes las infracciones a la ley electoral por promocionar su imagen frente al electorado y la priista también fue exhortada a tomar medidas para proteger los derechos humanos de la niñez. La multa impuesta fue de 50 Unidad de Medida y Actualización (UMA), equivalente a cuatro mil 481 pesos.

En tanto, con dos votos a favor y uno en contra por parte del magistrado Martín Silva, se declararon inexistentes los actos de pre campaña por parte de la candidata a la gubernatura por Morena y el medio Milenio TV. Esto debido a que en el medio mencionado, se realizó una publicación de un video en Twitter en donde la morenista emitía su opinión sobre diferentes temas, fuera del periodo permitido.

Como parte de otros procedimientos resueltos por el TEEQ, los magistrados determinaron modificar una resolución impugnada por el Partido del Trabajo (PT), luego de que se les negó registrar la planilla del ayuntamiento de San Juan del Río. Sin embargo, el TEEQ sostuvo que el registro de las candidaturas fue incompleto y el partido deberá hacer la sustitución de la candidatura en San Juan del Río.

De igual forma, los magistrados desecharon las demandas de morenistas que impugnaron una resolución del IEEQ, en donde se omitió su registro en la lista de diputaciones plurinominales, ya que, no las colocaron en las posiciones segunda y cuarta.

También se determinó como improcedente un recurso que presentó un militante de Morena, quien se identificó como adulto mayor y a quien se le omitió incluir en la lista de plurinominales, aun cuando resultó ganador del primer lugar en la tómbola.

También se confirmaron las listas de diputaciones y regidurías plurinominales de los partidos Encuentro Solidario (PES), Redes Sociales Progresistas y Fuerza por México, por cumplir los principios de paridad de género en el registro de candidaturas.

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