/ miércoles 10 de noviembre de 2021

Ospital propone una reforma penal

Iniciativa busca prevenir, erradicar y contrarrestar la violencia de género contra las queretanas

Paul Ospital Carrera, diputado local del PRI, presentó una iniciativa para reformar el Código Penal del estado para propiciar sanciones seguras y excesivas contra “simples lesiones” en contra de las mujeres.

El priista explicó que esta iniciativa busca prevenir, erradicar y contrarrestar la violencia de género contra las queretanas, por lo que consideró necesario prevenir delitos graves desde antes, propiciando sanciones seguras y excesivas desde lo que comúnmente se conoce como "simples lesiones" que con el paso del tiempo terminan en violaciones o feminicidios.

“'No quiero morir', esas fueron las palabras de Nancy Guadalupe, una mujer de Tequisquiapan, que a pesar de las múltiples denuncias hacia su expareja, por distintos actos de violencia y acoso, la deficiencia de las autoridades y lo ambiguo de la ley, no lograron proteger su vida. Y como ella, hay muchos casos en el país, a pesar de la lucha social de las mujeres, que aún siguen siendo objeto de abusos, maltratos y atentados contra su integridad física”, comentó.

El diputado recordó que una de cada cinco mujeres y niñas, de entre 15 y 49 años, ha sido víctima de violencia sexual o física de parte de su pareja y añadió que en Querétaro estos delitos también van en aumento.

Dicha reforma propone adicionar los artículos 131 BIS y 131 TER del Código Penal del Estado para establecer, entre otras cosas, penas de 13 a 20 años de prisión a quien, por razón de género, infrinja lesiones en agravio de una mujer.

La iniciativa señala como razones de género la exclusión, subordinación o explotación de la persona por ser mujer; cuando la víctima presente signos de lesiones o mutilaciones infamantes o marcas degradantes; cuando existan datos que establezcan que hubo amenazas o acoso, previas a las lesiones; causar sufrimiento físico y, al que con intención de realizar un delito sexual, genere lesiones a una mujer sin llegar a la cópula.

De igual manera, contempla que la pena se aumente hasta dos tercios cuando el daño sea una enfermedad incurable o la inutilización o pérdida de cualquier órgano o extremidad.

"Las mujeres deben estar seguras de que habrá una ley que las proteja ante cualquier atentado contra su integridad física, por muy menor que sea”, concluyó.

Paul Ospital Carrera, diputado local del PRI, presentó una iniciativa para reformar el Código Penal del estado para propiciar sanciones seguras y excesivas contra “simples lesiones” en contra de las mujeres.

El priista explicó que esta iniciativa busca prevenir, erradicar y contrarrestar la violencia de género contra las queretanas, por lo que consideró necesario prevenir delitos graves desde antes, propiciando sanciones seguras y excesivas desde lo que comúnmente se conoce como "simples lesiones" que con el paso del tiempo terminan en violaciones o feminicidios.

“'No quiero morir', esas fueron las palabras de Nancy Guadalupe, una mujer de Tequisquiapan, que a pesar de las múltiples denuncias hacia su expareja, por distintos actos de violencia y acoso, la deficiencia de las autoridades y lo ambiguo de la ley, no lograron proteger su vida. Y como ella, hay muchos casos en el país, a pesar de la lucha social de las mujeres, que aún siguen siendo objeto de abusos, maltratos y atentados contra su integridad física”, comentó.

El diputado recordó que una de cada cinco mujeres y niñas, de entre 15 y 49 años, ha sido víctima de violencia sexual o física de parte de su pareja y añadió que en Querétaro estos delitos también van en aumento.

Dicha reforma propone adicionar los artículos 131 BIS y 131 TER del Código Penal del Estado para establecer, entre otras cosas, penas de 13 a 20 años de prisión a quien, por razón de género, infrinja lesiones en agravio de una mujer.

La iniciativa señala como razones de género la exclusión, subordinación o explotación de la persona por ser mujer; cuando la víctima presente signos de lesiones o mutilaciones infamantes o marcas degradantes; cuando existan datos que establezcan que hubo amenazas o acoso, previas a las lesiones; causar sufrimiento físico y, al que con intención de realizar un delito sexual, genere lesiones a una mujer sin llegar a la cópula.

De igual manera, contempla que la pena se aumente hasta dos tercios cuando el daño sea una enfermedad incurable o la inutilización o pérdida de cualquier órgano o extremidad.

"Las mujeres deben estar seguras de que habrá una ley que las proteja ante cualquier atentado contra su integridad física, por muy menor que sea”, concluyó.

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