/ lunes 25 de abril de 2022

Pocos asuntos laborales llegan al Poder Judicial

El Centro de Conciliación ha resueltos la gran mayoría, afirmó Mariela Ponce Villa

De noviembre a la fecha, el Poder Judicial del estado de Querétaro ha atendido alrededor de 55 asuntos laborales, dio a conocer Mariela Ponce Villa, magistrada presidenta del Tribunal Superior de Justicia (TSJ).

Ponce Villa destacó que el Centro de Conciliación Laboral ha resuelto la gran mayoría de los asuntos laborales que llegan y en pocos casos interviene el Poder Judicial, lo que ha permitido que no colapse la justicia laboral.

"Hasta ahorita, en el tiempo que llevamos de implementación, del 3 de noviembre a la fecha, vamos bien, en términos muy manejables con los dos juzgados, dos en Querétaro y uno en San Juan, aunque en San Juan es solamente un juzgado es el que menos carga de trabajo tiene", mencionó.

La magistrada explicó que en el caso de los procedimientos ordinarios que han atendido, al no lograr acuerdos en el centro de conciliación, existen litigios por despido injustificado, rescisión de trabajo imputable al patrón y trabajador, así como la reinstalación del trabajo.

"Ya tenemos muchos concluidos, hay mucho procedimiento que le llamamos paraprocesal, avisos que nada más se notifican y ya, pero de procedimientos ordinarios tenemos hasta antes de Semana Santa teníamos 55 casos, pero solo ordinarios", indicó.

Ponce Villa detalló que el proceso paraprocesal tiene que ver con la notificación del despido de un trabajador, que anteriormente se realizaba en la junta de conciliación y arbitraje y ahora es ante un juez; en este caso, dijo que no existen el número de casos es más elevado.

"Antes lo hacía a la junta de conciliación y arbitraje y ahora lo hace al juez y el juez notifica ese aviso rescisorio al trabajador y le dice 'el patrón, por estas causales, está dando por terminada la relación del trabajo', ya si de ahí después el trabajador decide iniciar una demanda en un procedimiento ordinario, eso ya es otro tema. Esos son muchos, pero eso nada más genera notificar al trabajador y ya", explicó.

Finalmente, destacó que el Colegio de abogados laboralistas ha externado un reconocimiento por la rapidez con la que se atienden las demandas laborales, puesto que una vez que se tiene conocimiento de la demanda el tiempo de resolución es de aproximadamente dos meses.

De noviembre a la fecha, el Poder Judicial del estado de Querétaro ha atendido alrededor de 55 asuntos laborales, dio a conocer Mariela Ponce Villa, magistrada presidenta del Tribunal Superior de Justicia (TSJ).

Ponce Villa destacó que el Centro de Conciliación Laboral ha resuelto la gran mayoría de los asuntos laborales que llegan y en pocos casos interviene el Poder Judicial, lo que ha permitido que no colapse la justicia laboral.

"Hasta ahorita, en el tiempo que llevamos de implementación, del 3 de noviembre a la fecha, vamos bien, en términos muy manejables con los dos juzgados, dos en Querétaro y uno en San Juan, aunque en San Juan es solamente un juzgado es el que menos carga de trabajo tiene", mencionó.

La magistrada explicó que en el caso de los procedimientos ordinarios que han atendido, al no lograr acuerdos en el centro de conciliación, existen litigios por despido injustificado, rescisión de trabajo imputable al patrón y trabajador, así como la reinstalación del trabajo.

"Ya tenemos muchos concluidos, hay mucho procedimiento que le llamamos paraprocesal, avisos que nada más se notifican y ya, pero de procedimientos ordinarios tenemos hasta antes de Semana Santa teníamos 55 casos, pero solo ordinarios", indicó.

Ponce Villa detalló que el proceso paraprocesal tiene que ver con la notificación del despido de un trabajador, que anteriormente se realizaba en la junta de conciliación y arbitraje y ahora es ante un juez; en este caso, dijo que no existen el número de casos es más elevado.

"Antes lo hacía a la junta de conciliación y arbitraje y ahora lo hace al juez y el juez notifica ese aviso rescisorio al trabajador y le dice 'el patrón, por estas causales, está dando por terminada la relación del trabajo', ya si de ahí después el trabajador decide iniciar una demanda en un procedimiento ordinario, eso ya es otro tema. Esos son muchos, pero eso nada más genera notificar al trabajador y ya", explicó.

Finalmente, destacó que el Colegio de abogados laboralistas ha externado un reconocimiento por la rapidez con la que se atienden las demandas laborales, puesto que una vez que se tiene conocimiento de la demanda el tiempo de resolución es de aproximadamente dos meses.

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