/ miércoles 28 de agosto de 2019

Restringen paso por 5 de Febrero a pesados

Cabildo avala propuesta del alcalde Luis Nava para agilizar movilidad

El ayuntamiento de Querétaro aprobó por unanimidad el Reglamento para la Movilidad y el Tránsito del Municipio de Querétaro, que establece horarios de restricción a la circulación de vehículos de transporte de carga con un peso mayor a 3 mil 857 kilogramos, en vialidades municipales, de 6:00 a 22:00 horas.

El reglamento aprobado en sesión ordinaria de cabildo, además endurece sanciones para quienes no respeten los estacionamientos para personas con discapacidad; autoriza arresto por 24 horas a quien aparte lugares en vía pública; da prioridad al peatón; y establece las facultades de los oficiales de movilidad.

El artículo 57 señala que los vehículos de transporte de carga con un peso mayor a 3 mil 857 kilogramos, no podrán circular por vías públicas de competencia municipal, estatal o diversa que hayan sido transferidos al municipio y las que hayan sido convenidas con el estado o la Federación para tal efecto, en un horario de 6:00 a 22:00 horas.

La norma municipal establece que cualquier vehículo de carga pesada de largo itinerario, cuyo origen y destino no sea el municipio de Querétaro, pero el recorrido incluya a desembocar en él, de manera obligatoria deberá circular por vías alternas indicadas.

Se contempla un artículo transitorio, que señala que esta restricción, entrará en vigor seis meses después de la publicación del documento. El incumplimiento de esta disposición señala multas de 40 a 60 UMAS.

El alcalde Luis Nava manifestó que esta restricción representa una diferencia significativa en el tránsito del municipio, y tendrá impacto en la organización y logística de diversos sectores, principalmente el sector industrial.

Destacó que este reglamento responde a la realidad que vivimos en el municipio, desde el incremento del parque vehicular, y la huella ambiental de los medios de transporte, hasta la inclusión y la movilidad como un derecho humano.

Este reglamento -dijo- incorpora principios como la movilidad universal, la protección y la inclusión de las personas con alguna discapacidad y la preferencia al peatón; principios que señalan que se trata de un reglamento centrado en la persona.

También se votó a favor la creación de una Comisión Transitoria, integrada por el líder de cada fracción política, para mantener reuniones con la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) y otras dependencias que así se requiera para avanzar en la pronta aplicación de este nuevo reglamento.

El reglamento también prohíbe estacionar vehículos en lugares o cajones destinados al estacionamiento de vehículos que transporte o sean conducidos por personas con discapacidad, identificados con el señalamiento informativo, o que sin ser titulares del tarjetón hagan uso de estos espacios.

Para quienes incumplan con lo anterior, se establece una sanción equivalente a 40 UMAS y remisión del vehículo al depósito.

El reglamento, señala además que los oficiales de movilidad tendrán herramientas para aplicar sus facultades para la aplicación de multas de tránsito, y que serán entregadas preferentemente de manera personal.

También señala que los oficiales de movilidad podrán atender cualquier hecho de tránsito o siniestro, ya sea en vías municipales, estatales o federales, cuando se vulnere el orden público, la paz social, o se ponga en riesgo la integridad física o la vida de las personas.

La norma prohíbe colocar o instalar cualquier objeto o señalización para reservar espacios de estacionamiento en vía pública, sin autorización, contemplando sanciones de 11 a 20 o 13 a 24 horas de arresto administrativo.

El ayuntamiento de Querétaro aprobó por unanimidad el Reglamento para la Movilidad y el Tránsito del Municipio de Querétaro, que establece horarios de restricción a la circulación de vehículos de transporte de carga con un peso mayor a 3 mil 857 kilogramos, en vialidades municipales, de 6:00 a 22:00 horas.

El reglamento aprobado en sesión ordinaria de cabildo, además endurece sanciones para quienes no respeten los estacionamientos para personas con discapacidad; autoriza arresto por 24 horas a quien aparte lugares en vía pública; da prioridad al peatón; y establece las facultades de los oficiales de movilidad.

El artículo 57 señala que los vehículos de transporte de carga con un peso mayor a 3 mil 857 kilogramos, no podrán circular por vías públicas de competencia municipal, estatal o diversa que hayan sido transferidos al municipio y las que hayan sido convenidas con el estado o la Federación para tal efecto, en un horario de 6:00 a 22:00 horas.

La norma municipal establece que cualquier vehículo de carga pesada de largo itinerario, cuyo origen y destino no sea el municipio de Querétaro, pero el recorrido incluya a desembocar en él, de manera obligatoria deberá circular por vías alternas indicadas.

Se contempla un artículo transitorio, que señala que esta restricción, entrará en vigor seis meses después de la publicación del documento. El incumplimiento de esta disposición señala multas de 40 a 60 UMAS.

El alcalde Luis Nava manifestó que esta restricción representa una diferencia significativa en el tránsito del municipio, y tendrá impacto en la organización y logística de diversos sectores, principalmente el sector industrial.

Destacó que este reglamento responde a la realidad que vivimos en el municipio, desde el incremento del parque vehicular, y la huella ambiental de los medios de transporte, hasta la inclusión y la movilidad como un derecho humano.

Este reglamento -dijo- incorpora principios como la movilidad universal, la protección y la inclusión de las personas con alguna discapacidad y la preferencia al peatón; principios que señalan que se trata de un reglamento centrado en la persona.

También se votó a favor la creación de una Comisión Transitoria, integrada por el líder de cada fracción política, para mantener reuniones con la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) y otras dependencias que así se requiera para avanzar en la pronta aplicación de este nuevo reglamento.

El reglamento también prohíbe estacionar vehículos en lugares o cajones destinados al estacionamiento de vehículos que transporte o sean conducidos por personas con discapacidad, identificados con el señalamiento informativo, o que sin ser titulares del tarjetón hagan uso de estos espacios.

Para quienes incumplan con lo anterior, se establece una sanción equivalente a 40 UMAS y remisión del vehículo al depósito.

El reglamento, señala además que los oficiales de movilidad tendrán herramientas para aplicar sus facultades para la aplicación de multas de tránsito, y que serán entregadas preferentemente de manera personal.

También señala que los oficiales de movilidad podrán atender cualquier hecho de tránsito o siniestro, ya sea en vías municipales, estatales o federales, cuando se vulnere el orden público, la paz social, o se ponga en riesgo la integridad física o la vida de las personas.

La norma prohíbe colocar o instalar cualquier objeto o señalización para reservar espacios de estacionamiento en vía pública, sin autorización, contemplando sanciones de 11 a 20 o 13 a 24 horas de arresto administrativo.

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