/ domingo 14 de febrero de 2021

Revocan resolución contra Ospital y Héctor

Militante denunció supuestos actos de violencia política en razón de género en su perjuicio y que obstaculizaron su derecho a acceder a un cargo partidista

Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación revocó la resolución que emitió el Tribunal Electoral del Estado de Querétaro en contra del dirigente estatal del Partido Revolucionario Institucional (PRI) Paul Ospital y el dirigente estatal del Instituto Reyes Heroles, Héctor González Flores, y que había resuelto que ambos, incurrieron en violencia política de género.

Fue a mediados de enero, cuando el TEEQ determinó que existió violencia verbal y simbólica, derivada de una publicación en Twitter y del testimonio de una militante e integrante del Consejo Político Estatal del PRI en Querétaro, quien denunció supuestos actos de violencia política en razón de género en su perjuicio y que obstaculizaron su derecho a acceder a un cargo partidista, específicamente al Comité Municipal del PRI en Corregidora.

Sin embargo, de acuerdo con la sentencia publicada el pasado 12 de febrero, el TEEQ carece de competencia para anular los actos emanados de un proceso de selección de dirigencias partidistas.

Además, no se acreditó que con motivo del procedimiento de designación de la presidencia del Comité Directivo Municipal del PRI, en Corregidora, incurriera en alguna irregularidad de resultara en algún acto discriminatorio en contra de la denunciante.

Por último, señalaron que no le era imputable al presidente del Comité Directivo Estatal del PRI en Querétaro, haber incurrido en alguna omisión de imponer medidas correctivas o preventivas a favor de la actora por violencia en su contra, ya que, en términos de la normatividad del partido no le corresponde tal atribución.

Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación revocó la resolución que emitió el Tribunal Electoral del Estado de Querétaro en contra del dirigente estatal del Partido Revolucionario Institucional (PRI) Paul Ospital y el dirigente estatal del Instituto Reyes Heroles, Héctor González Flores, y que había resuelto que ambos, incurrieron en violencia política de género.

Fue a mediados de enero, cuando el TEEQ determinó que existió violencia verbal y simbólica, derivada de una publicación en Twitter y del testimonio de una militante e integrante del Consejo Político Estatal del PRI en Querétaro, quien denunció supuestos actos de violencia política en razón de género en su perjuicio y que obstaculizaron su derecho a acceder a un cargo partidista, específicamente al Comité Municipal del PRI en Corregidora.

Sin embargo, de acuerdo con la sentencia publicada el pasado 12 de febrero, el TEEQ carece de competencia para anular los actos emanados de un proceso de selección de dirigencias partidistas.

Además, no se acreditó que con motivo del procedimiento de designación de la presidencia del Comité Directivo Municipal del PRI, en Corregidora, incurriera en alguna irregularidad de resultara en algún acto discriminatorio en contra de la denunciante.

Por último, señalaron que no le era imputable al presidente del Comité Directivo Estatal del PRI en Querétaro, haber incurrido en alguna omisión de imponer medidas correctivas o preventivas a favor de la actora por violencia en su contra, ya que, en términos de la normatividad del partido no le corresponde tal atribución.

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