/ domingo 19 de diciembre de 2021

Se agota el tiempo para los nuevos partidos

Los interesados en conformar una asociación política o partido deberán presentar su aviso de intención

El próximo 31 de enero de 2022 vence el plazo para presentar ante la oficialía de partes del el Instituto Electoral (IEEQ) el aviso de intención de las personas interesadas en conformar una asociación política estatal o partido político local en el estado de Querétaro.

Una vez presentado dicho aviso, la Secretaría ejecutiva determinará la procedencia de los avisos, los cuales serán sujetos a prevenciones conforme al análisis que se realice y se notificará al Instituto Nacional Electoral (INE), mediante la Unidad de vinculación, sobre los avisos de intención que se reciban y, en su momento, aquellos que sean procedentes.

Cabe mencionar que, para el caso de los interesados en conformar una asociación política, deberán informar de manera trimestral al IEEQ sobre el origen y destino de sus recursos, mientras que para los interesados en un partido político deberán hacerlo de manera mensual. En ambos casos, la medida aplica a partir de que se presente el aviso de intención y hasta la negativa, cancelación o pérdida de su registro; además, podrán desistirse de su intención en cualquier momento del proceso.

Entre los requisitos, figura que las asociaciones políticas deberán contar con dos mil 261 personas afiliadas, correspondientes al 0.13% del padrón electoral del pasado electoral, que fue de un millón 739 mil 109 personas.

Para el caso de los partidos políticos deberán contar con, al menos, cuatro mil 522 personas afiliadas, que representan el 0.26% del padrón. En ambos casos, deberán contar con afiliación en al menos dos terceras partes de los 18 municipios y 15 distritos electorales locales.

De acuerdo con los lineamientos aprobados por el IEEQ, quienes estén interesados en formar un partido político contarán con tres modalidades para juntar el mínimo requerido de afiliación: la celebración de asambleas distritales o municipales, mediante las cuales la ciudadanía asiste y conoce los documentos básicos; uso de la aplicación móvil en el resto de la entidad, que permite recabar afiliaciones fuera de las asambleas; y régimen de excepción para afiliaciones fuera de asamblea, únicamente para aquellas localidades en que la autoridad competente declare situación de emergencia que impida el funcionamiento de la aplicación móvil y la Secretaría Ejecutiva determine la procedencia del mismo.

Ahora bien, en ambos casos, tras los procedimientos, tendrán hasta el 31 de enero de 2023 para presentar la solicitud de registro correspondiente. De ser procedentes, el consejo general del IEEQ expedirá el certificado de registro; en el caso de partidos políticos se establece que éste surtirá efecto a partir del 1 de julio de 2023.

Según los lineamientos, la asociación civil se disolverá una vez solventadas todas las obligaciones que hayan contraído ya sea por la constitución de una asociación política estatal o del partido político local.

El próximo 31 de enero de 2022 vence el plazo para presentar ante la oficialía de partes del el Instituto Electoral (IEEQ) el aviso de intención de las personas interesadas en conformar una asociación política estatal o partido político local en el estado de Querétaro.

Una vez presentado dicho aviso, la Secretaría ejecutiva determinará la procedencia de los avisos, los cuales serán sujetos a prevenciones conforme al análisis que se realice y se notificará al Instituto Nacional Electoral (INE), mediante la Unidad de vinculación, sobre los avisos de intención que se reciban y, en su momento, aquellos que sean procedentes.

Cabe mencionar que, para el caso de los interesados en conformar una asociación política, deberán informar de manera trimestral al IEEQ sobre el origen y destino de sus recursos, mientras que para los interesados en un partido político deberán hacerlo de manera mensual. En ambos casos, la medida aplica a partir de que se presente el aviso de intención y hasta la negativa, cancelación o pérdida de su registro; además, podrán desistirse de su intención en cualquier momento del proceso.

Entre los requisitos, figura que las asociaciones políticas deberán contar con dos mil 261 personas afiliadas, correspondientes al 0.13% del padrón electoral del pasado electoral, que fue de un millón 739 mil 109 personas.

Para el caso de los partidos políticos deberán contar con, al menos, cuatro mil 522 personas afiliadas, que representan el 0.26% del padrón. En ambos casos, deberán contar con afiliación en al menos dos terceras partes de los 18 municipios y 15 distritos electorales locales.

De acuerdo con los lineamientos aprobados por el IEEQ, quienes estén interesados en formar un partido político contarán con tres modalidades para juntar el mínimo requerido de afiliación: la celebración de asambleas distritales o municipales, mediante las cuales la ciudadanía asiste y conoce los documentos básicos; uso de la aplicación móvil en el resto de la entidad, que permite recabar afiliaciones fuera de las asambleas; y régimen de excepción para afiliaciones fuera de asamblea, únicamente para aquellas localidades en que la autoridad competente declare situación de emergencia que impida el funcionamiento de la aplicación móvil y la Secretaría Ejecutiva determine la procedencia del mismo.

Ahora bien, en ambos casos, tras los procedimientos, tendrán hasta el 31 de enero de 2023 para presentar la solicitud de registro correspondiente. De ser procedentes, el consejo general del IEEQ expedirá el certificado de registro; en el caso de partidos políticos se establece que éste surtirá efecto a partir del 1 de julio de 2023.

Según los lineamientos, la asociación civil se disolverá una vez solventadas todas las obligaciones que hayan contraído ya sea por la constitución de una asociación política estatal o del partido político local.

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