/ miércoles 8 de diciembre de 2021

Se lavan las manos por exoneración de padre

Lara Becerril explicó que si un sacerdote es acusado de abuso sexual u otras faltas, la Fiscalía realiza un fallo condenatorio o absolutorio. 

Martín Lara Becerril, vocero de la Diócesis de Querétaro señaló que del caso del sacerdote acusado de abuso sexual contra un menor, y que fue exonerado recientemente, es responsabilidad de la fiscalía dicha determinación, en tanto que la iglesia no intervino ni obstaculizó el proceso, sino apoyo con las autoridades.

"La Fiscalía es responsable y ellos reciben la acusación, hacen su valoración y realizan un juicio. Las autoridades competentes son quienes están capacitados para ello, y a la iglesia le corresponden otro tipo de juicios. En cuanto al sacerdote, desde el momento de la acusación dejó de celebrar los sacramentos", indicó.

Añadió que el sacerdote se mantuvo al margen de la comunidad en la que era párroco, detallando que este nunca realizó alguna actividad eclesiástica, situación que se comentó desde diferentes testimonios quienes afirmaron que continuaba al frente de dicho recinto religioso.

"Es falso eso que dicen que a pesar de tener una acusación él siguió celebrando. No es verdad. La Fiscalía es la que evalúa, pero el proceso canónico en la iglesia es que, desde el momento en que se tiene la noticia tiene que suspender sus actividades religiosas para enfrentar un proceso jurídico", expresó.

Explicó que si un sacerdote es acusado de abuso sexual u otras faltas, la Fiscalía realiza un fallo condenatorio o absolutorio. En este caso, al ser absolutorio, no tiene razón para continuar con el proceso canónico, porque no ha sido encontrado culpable de lo que se le acusa, aunque enfatizó en que desde el momento en que hay una acusación este proceso inicia.

"Si es condenatorio, el proceso canónico continúa y se fortalece para dimitir a un sacerdote del estado clerical, y en el otro caso no tiene razón porque no hay un delito. Cuando inicia un proceso canónico el superior general tiene la responsabilidad de avisar a las autoridades civiles y luego a las eclesiásticas para tomar cuenta del delito", mencionó.

Cabe recordar que el proceso contra el sacerdote se inició tras la denuncia de abuso contra un niño de 11 años, quien se habría desempeñado en el 2019 como monaguillo en un templo de la colonia Reforma Agraria, cuyo expediente lo llevó el superior general de los religiosos.

En su momento, Lara Becerril mencionó que por instrucción del papa Francisco en 2020 se creó la Comisión de atención a abuso contra menores, entre quienes se encuentran abogados y psicólogos, añadiendo que las penas contempladas al interior de la iglesia se determinan a partir de la gravedad del delito, cuya pena máxima es la expulsión de la Diócesis.

Martín Lara Becerril, vocero de la Diócesis de Querétaro señaló que del caso del sacerdote acusado de abuso sexual contra un menor, y que fue exonerado recientemente, es responsabilidad de la fiscalía dicha determinación, en tanto que la iglesia no intervino ni obstaculizó el proceso, sino apoyo con las autoridades.

"La Fiscalía es responsable y ellos reciben la acusación, hacen su valoración y realizan un juicio. Las autoridades competentes son quienes están capacitados para ello, y a la iglesia le corresponden otro tipo de juicios. En cuanto al sacerdote, desde el momento de la acusación dejó de celebrar los sacramentos", indicó.

Añadió que el sacerdote se mantuvo al margen de la comunidad en la que era párroco, detallando que este nunca realizó alguna actividad eclesiástica, situación que se comentó desde diferentes testimonios quienes afirmaron que continuaba al frente de dicho recinto religioso.

"Es falso eso que dicen que a pesar de tener una acusación él siguió celebrando. No es verdad. La Fiscalía es la que evalúa, pero el proceso canónico en la iglesia es que, desde el momento en que se tiene la noticia tiene que suspender sus actividades religiosas para enfrentar un proceso jurídico", expresó.

Explicó que si un sacerdote es acusado de abuso sexual u otras faltas, la Fiscalía realiza un fallo condenatorio o absolutorio. En este caso, al ser absolutorio, no tiene razón para continuar con el proceso canónico, porque no ha sido encontrado culpable de lo que se le acusa, aunque enfatizó en que desde el momento en que hay una acusación este proceso inicia.

"Si es condenatorio, el proceso canónico continúa y se fortalece para dimitir a un sacerdote del estado clerical, y en el otro caso no tiene razón porque no hay un delito. Cuando inicia un proceso canónico el superior general tiene la responsabilidad de avisar a las autoridades civiles y luego a las eclesiásticas para tomar cuenta del delito", mencionó.

Cabe recordar que el proceso contra el sacerdote se inició tras la denuncia de abuso contra un niño de 11 años, quien se habría desempeñado en el 2019 como monaguillo en un templo de la colonia Reforma Agraria, cuyo expediente lo llevó el superior general de los religiosos.

En su momento, Lara Becerril mencionó que por instrucción del papa Francisco en 2020 se creó la Comisión de atención a abuso contra menores, entre quienes se encuentran abogados y psicólogos, añadiendo que las penas contempladas al interior de la iglesia se determinan a partir de la gravedad del delito, cuya pena máxima es la expulsión de la Diócesis.

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