/ sábado 21 de julio de 2018

TEEQ determina que Guillermo Vega no hizo mal uso de recursos

El Tribunal Electoral del Estado de Querétaro (TEEQ) volvió a resolver sobre la denuncia presentada contra el alcalde de San Juan del Río, Guillermo Vega Guerrero, esto tras la sentencia de Sala Monterrey para que el TEEQ realizará un análisis adecuado, ante el criterio de que no se pueden analizar tres infracciones en un sólo hecho.

Martín Silva, Magistrado Presidente del TEEQ, argumentó que la nueva resolución se dio luego de que la Sala Monterrey determinó que el TEEQ debió enfocarse en analizar si existió o no el uso indebido de los recursos públicos, y no en probar posible promoción personalizada o actos anticipados de campaña, es decir, debió en centrarse en estudiar posibles transgresiones a la fracción séptima del artículo 134 constitucional, respecto al buen uso de los recursos públicos.

“La sentencia lo que hace es revocar la resolución del Instituto Electoral (del Estado de Querétaro), en razón de un proceso especial sancionador, en el que había determinado imponer una amonestación al Presidente Municipal de San Juan del Río por los actos llevados a cabo el día seis de enero, de la presente anualidad, durante un evento denominado Rosca de Reyes, y lo hacemos a partir de una resolución de Sala Regional Monterrey, en la que nos revocó la resolución original y nos ordenó emitir una nueva resolución, en la que ya no analizáramos los actos anticipados de campaña, si no analizáramos si había existido, o no, violación al artículo 34 Constitucional, párrafo séptimo, que hace referencia al uso indebido de usos públicos que afecten la equidad en la contienda”.

Tras el nuevo análisis, se ratifica que no existen elementos para determinar que se incurrió en un mal uso de los recursos públicos.

“No existen las pruebas suficientes que pudiesen acreditar que ahí hubo un uso indebido de recursos públicos”, finalizó.

El Tribunal Electoral del Estado de Querétaro (TEEQ) volvió a resolver sobre la denuncia presentada contra el alcalde de San Juan del Río, Guillermo Vega Guerrero, esto tras la sentencia de Sala Monterrey para que el TEEQ realizará un análisis adecuado, ante el criterio de que no se pueden analizar tres infracciones en un sólo hecho.

Martín Silva, Magistrado Presidente del TEEQ, argumentó que la nueva resolución se dio luego de que la Sala Monterrey determinó que el TEEQ debió enfocarse en analizar si existió o no el uso indebido de los recursos públicos, y no en probar posible promoción personalizada o actos anticipados de campaña, es decir, debió en centrarse en estudiar posibles transgresiones a la fracción séptima del artículo 134 constitucional, respecto al buen uso de los recursos públicos.

“La sentencia lo que hace es revocar la resolución del Instituto Electoral (del Estado de Querétaro), en razón de un proceso especial sancionador, en el que había determinado imponer una amonestación al Presidente Municipal de San Juan del Río por los actos llevados a cabo el día seis de enero, de la presente anualidad, durante un evento denominado Rosca de Reyes, y lo hacemos a partir de una resolución de Sala Regional Monterrey, en la que nos revocó la resolución original y nos ordenó emitir una nueva resolución, en la que ya no analizáramos los actos anticipados de campaña, si no analizáramos si había existido, o no, violación al artículo 34 Constitucional, párrafo séptimo, que hace referencia al uso indebido de usos públicos que afecten la equidad en la contienda”.

Tras el nuevo análisis, se ratifica que no existen elementos para determinar que se incurrió en un mal uso de los recursos públicos.

“No existen las pruebas suficientes que pudiesen acreditar que ahí hubo un uso indebido de recursos públicos”, finalizó.

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