/ viernes 13 de octubre de 2017

Celebran aprobación de Ley de Desaparición de Personas

El gobierno de la República celebró hoy la aprobación de laLey General sobre Desaparición de Personas, con lo cual, anotó,“se da un paso importante en la dirección correcta para lasanción y erradicación de este delito que tanto lastima a losderechos humanos”.

En un comunicado conjunto, las Secretarías de Gobernación,Relaciones Exteriores y la Procuraduría General de la Repúblicadestacaron el hecho de que la legislación se aprobó porunanimidad, como resultado de un amplio proceso de consulta en elque participaron durante más de dos años legisladores,autoridades, académicos, especialistas, organizaciones de lasociedad civil y la oficina del alto comisionado para los DerechosHumanos de la ONU.

Así como el comité internacional de la Cruz Roja, la ComisiónNacional de los Derechos Humanos, el GIEI (Grupo Interdisciplinariode Expertas y Expertos Independientes), el comité de las NacionesUnidas contra la desaparición forzada, representantes, colectivosy familiares de víctimas.

Además establece dos tipos penales que son de carácterpermanente, se persiguen de oficio y no prescriben, desapariciónforzada y desaparición por particulares, con penas de hasta 90años.

La Ley además crea cuatro instrumentos básicos: el SistemaNacional de Búsqueda de Personas (SNBP), que asegura la inmediatamovilización para la búsqueda, localización e identificación dePersonas Desaparecidas y No Localizadas.

El sistema contará con diversos instrumentos, entre los quedestacan el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y noLocalizadas, el Banco Nacional de Datos Forenses, el RegistroNacional de Personas Fallecidas, no identificadas y noreclamadas.

A su vez, la Comisión Nacional de Búsqueda (CNB) es el órganoadministrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación,que determina, ejecuta y da seguimiento a las acciones de búsqueday cuenta con grupos de búsqueda y áreas de análisis de contexto;las entidades federativas deberán crear sus comisioneslocales.

La Fiscalía Especializada en Investigación de los delitosmateria de esta ley fortalecerá la Fiscalía federal y las de lasentidades federativas.

En tanto, el Consejo Nacional Ciudadano, integrado pordefensores de derechos humanos, especialistas y familiares devíctimas, cuyo objetivo será asesorar y emitir opiniones al elSistema Nacional de Búsqueda de Personas.

Esta ley prevé medidas de asistencia y atención a lasvíctimas; asimismo plantea que los familiares y sus representantestengan acceso en todo momento a los indicios, evidencias y pruebasrelacionadas con la búsqueda para que, en su caso, puedan proponeracciones de investigación a las autoridades.

El gobierno de la República celebró hoy la aprobación de laLey General sobre Desaparición de Personas, con lo cual, anotó,“se da un paso importante en la dirección correcta para lasanción y erradicación de este delito que tanto lastima a losderechos humanos”.

En un comunicado conjunto, las Secretarías de Gobernación,Relaciones Exteriores y la Procuraduría General de la Repúblicadestacaron el hecho de que la legislación se aprobó porunanimidad, como resultado de un amplio proceso de consulta en elque participaron durante más de dos años legisladores,autoridades, académicos, especialistas, organizaciones de lasociedad civil y la oficina del alto comisionado para los DerechosHumanos de la ONU.

Así como el comité internacional de la Cruz Roja, la ComisiónNacional de los Derechos Humanos, el GIEI (Grupo Interdisciplinariode Expertas y Expertos Independientes), el comité de las NacionesUnidas contra la desaparición forzada, representantes, colectivosy familiares de víctimas.

Además establece dos tipos penales que son de carácterpermanente, se persiguen de oficio y no prescriben, desapariciónforzada y desaparición por particulares, con penas de hasta 90años.

La Ley además crea cuatro instrumentos básicos: el SistemaNacional de Búsqueda de Personas (SNBP), que asegura la inmediatamovilización para la búsqueda, localización e identificación dePersonas Desaparecidas y No Localizadas.

El sistema contará con diversos instrumentos, entre los quedestacan el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y noLocalizadas, el Banco Nacional de Datos Forenses, el RegistroNacional de Personas Fallecidas, no identificadas y noreclamadas.

A su vez, la Comisión Nacional de Búsqueda (CNB) es el órganoadministrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación,que determina, ejecuta y da seguimiento a las acciones de búsqueday cuenta con grupos de búsqueda y áreas de análisis de contexto;las entidades federativas deberán crear sus comisioneslocales.

La Fiscalía Especializada en Investigación de los delitosmateria de esta ley fortalecerá la Fiscalía federal y las de lasentidades federativas.

En tanto, el Consejo Nacional Ciudadano, integrado pordefensores de derechos humanos, especialistas y familiares devíctimas, cuyo objetivo será asesorar y emitir opiniones al elSistema Nacional de Búsqueda de Personas.

Esta ley prevé medidas de asistencia y atención a lasvíctimas; asimismo plantea que los familiares y sus representantestengan acceso en todo momento a los indicios, evidencias y pruebasrelacionadas con la búsqueda para que, en su caso, puedan proponeracciones de investigación a las autoridades.

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