/ lunes 4 de junio de 2018

INE declara improcedentes medidas cautelares contra spots del PAN

La Comisión de Quejas y Denuncias del INE declaró improcedente la aplicación de medidas cautelares por la denuncia que realizó Morena contra spots de radio y televisión pautados para el Partido Acción Nacional (PAN).

En sesión extraordinaria urgente, esta instancia del Instituto Nacional Electoral (INE) determinó que no hay calumnia en lo expuesto en los promocionales que fueron dos en televisión y uno en radio.

Al exponer el caso se explicó que Morena presentó la queja en contra del PAN, porque desde su perspectiva considera que se calumnia al candidato a la Presidencia por la coalición Juntos Haremos Historia, Andrés Manuel López Obrador.

El proyecto fue avalado por unanimidad por los consejeros que integran esta comisión que preside Adriana Favela, que declaró improcedentes las medias cautelares para retirar de inmediato de la pauta de difusión dichos spots.

Se indicó que bajo la apariencia del buen derecho y de un análisis preliminar de los hechos denunciados, no se determina la imputación de hechos o delitos falsos, sino un contraste de las declaraciones realizadas por López Obrador a lo largo de su trayectoria política.

Se agregó que lo anterior es una crítica amparada bajo la libertad de expresión propia de los regímenes democráticos.

En los promocionales se expone que lo que hace falta a veces es mucha claridad, y se ilustra con la imagen y sonidos con las declaraciones de López Obrador, en las cuales se contradice con relación a opiniones que expresa sobre instituciones y el sector empresarial.

La consejera Claudia Zavala manifestó su conformidad con la propuesta de desechar las medidas cautelares, debido a que se esta frente a un caso en el que, sometidos al análisis que se les pidió sobre los hechos y temas relacionados con calumnia, en estos spots se advierten frases e imágenes retomadas, incluso de otros años.

Sin embargo, de ellos no se puede derivar los elementos objetivos que se solicitaron por parte de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), para determinar que estamos en presencia de la imputación de hechos falsos.

El consejero Benito Nacif también se manifestó a favor, al igual que la consejera presidenta de la comisión, Adriana Favela, quien indicó que lo que plantean la supuesta calumnia no se percibe en los promocionales, pero sí una crítica a López Obrador, basada en cuestiones que él ha declarado en distintos momentos.

"No existe la imputación de un delito o un hecho falso y, por lo tanto, no se autorizaría la calumnia..., estamos bajo la apariencia del buen derecho en una fase de medida cautelar, y ya en el fondo, la Sala Especializada tendrá que pronunciarse al respecto", concluyó.

La Comisión de Quejas y Denuncias del INE declaró improcedente la aplicación de medidas cautelares por la denuncia que realizó Morena contra spots de radio y televisión pautados para el Partido Acción Nacional (PAN).

En sesión extraordinaria urgente, esta instancia del Instituto Nacional Electoral (INE) determinó que no hay calumnia en lo expuesto en los promocionales que fueron dos en televisión y uno en radio.

Al exponer el caso se explicó que Morena presentó la queja en contra del PAN, porque desde su perspectiva considera que se calumnia al candidato a la Presidencia por la coalición Juntos Haremos Historia, Andrés Manuel López Obrador.

El proyecto fue avalado por unanimidad por los consejeros que integran esta comisión que preside Adriana Favela, que declaró improcedentes las medias cautelares para retirar de inmediato de la pauta de difusión dichos spots.

Se indicó que bajo la apariencia del buen derecho y de un análisis preliminar de los hechos denunciados, no se determina la imputación de hechos o delitos falsos, sino un contraste de las declaraciones realizadas por López Obrador a lo largo de su trayectoria política.

Se agregó que lo anterior es una crítica amparada bajo la libertad de expresión propia de los regímenes democráticos.

En los promocionales se expone que lo que hace falta a veces es mucha claridad, y se ilustra con la imagen y sonidos con las declaraciones de López Obrador, en las cuales se contradice con relación a opiniones que expresa sobre instituciones y el sector empresarial.

La consejera Claudia Zavala manifestó su conformidad con la propuesta de desechar las medidas cautelares, debido a que se esta frente a un caso en el que, sometidos al análisis que se les pidió sobre los hechos y temas relacionados con calumnia, en estos spots se advierten frases e imágenes retomadas, incluso de otros años.

Sin embargo, de ellos no se puede derivar los elementos objetivos que se solicitaron por parte de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), para determinar que estamos en presencia de la imputación de hechos falsos.

El consejero Benito Nacif también se manifestó a favor, al igual que la consejera presidenta de la comisión, Adriana Favela, quien indicó que lo que plantean la supuesta calumnia no se percibe en los promocionales, pero sí una crítica a López Obrador, basada en cuestiones que él ha declarado en distintos momentos.

"No existe la imputación de un delito o un hecho falso y, por lo tanto, no se autorizaría la calumnia..., estamos bajo la apariencia del buen derecho en una fase de medida cautelar, y ya en el fondo, la Sala Especializada tendrá que pronunciarse al respecto", concluyó.

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