/ sábado 18 de abril de 2020

México prohíbe incineración de fallecidos por coronavirus sin identificar

Para no afectar la búsqueda de decenas de miles de desaparecidos en el marco de la lucha contra el narcotráfico

El gobierno de México prohibió la incineración de los restos de las personas fallecidas por coronavirus sin identificar para no afectar la búsqueda de decenas de miles de desaparecidos en el marco de la lucha contra el narcotráfico.

El decreto donde se prohíbe la acción fue publicado este viernes en el Diario Oficial de la Federación, y resulta de un convenio entre la secretaría de Salud de México y la de Gobernación (Interior).

"El presente acuerdo tiene por objeto prohibir la incineración de cuerpos no identificados e identificados no reclamados, fallecidos a consecuencia de la enfermedad SARS-CoV2 en el marco de la emergencia sanitaria", señala el decreto.

Con él se da marcha atrás a una guía para manejo de restos de fallecidos por COVID-19 difundida por el gobierno el 6 de abril pasado.

En dicho manual se recomendaba que "preferiblemente" el destino final de los cuerpos fuera la cremación.

Las autoridades mexicanas indicaron que en el caso de cuerpos plenamente identificados "con sospecha o confirmación de la enfermedad causada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), y que se decida no incinerar, se deben destinar tumbas individuales o fosas específicas, separadas de muertes por otras causas".

"Las personas que fallezcan y sean plenamente reconocidas por sus familiares podrán ser incineradas sin problema", aclaró este viernes el subsecretario de Salud, Hugo López-Gatell, durante su habitual conferencia vespertina.

El Estado mexicano se ha visto superado por una escalada de violencia que ha causado más de 60.000 desaparecidos, la mayor parte de ellos entre 2006 y este año, derivada de la estrategia contra el narcotráfico, entre ellos muchas víctimas de desaparición forzada.

El gobierno de México prohibió la incineración de los restos de las personas fallecidas por coronavirus sin identificar para no afectar la búsqueda de decenas de miles de desaparecidos en el marco de la lucha contra el narcotráfico.

El decreto donde se prohíbe la acción fue publicado este viernes en el Diario Oficial de la Federación, y resulta de un convenio entre la secretaría de Salud de México y la de Gobernación (Interior).

"El presente acuerdo tiene por objeto prohibir la incineración de cuerpos no identificados e identificados no reclamados, fallecidos a consecuencia de la enfermedad SARS-CoV2 en el marco de la emergencia sanitaria", señala el decreto.

Con él se da marcha atrás a una guía para manejo de restos de fallecidos por COVID-19 difundida por el gobierno el 6 de abril pasado.

En dicho manual se recomendaba que "preferiblemente" el destino final de los cuerpos fuera la cremación.

Las autoridades mexicanas indicaron que en el caso de cuerpos plenamente identificados "con sospecha o confirmación de la enfermedad causada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), y que se decida no incinerar, se deben destinar tumbas individuales o fosas específicas, separadas de muertes por otras causas".

"Las personas que fallezcan y sean plenamente reconocidas por sus familiares podrán ser incineradas sin problema", aclaró este viernes el subsecretario de Salud, Hugo López-Gatell, durante su habitual conferencia vespertina.

El Estado mexicano se ha visto superado por una escalada de violencia que ha causado más de 60.000 desaparecidos, la mayor parte de ellos entre 2006 y este año, derivada de la estrategia contra el narcotráfico, entre ellos muchas víctimas de desaparición forzada.

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