/ miércoles 24 de mayo de 2017

Militares podrán mancomunar créditos con cónyuges

México, (Notimex).- Integrantes del Ejército, Fuerza Aérea yArmada podrán mancomunar sus créditos de vivienda con el de suscónyuges derechohabientes del Fondo de la Vivienda del ISSSTE(Fovissste).

En un comunicado, el instituto precisó que la reforma a lafracción IV del Artículo 108 de la Ley del Instituto de SeguridadSocial para las Fuerzas Armadas, publicada este miércoles en elDiario Oficial de la Federación señala que:

“Podrán mancomunarse los créditos de cónyuges que nopertenezcan a las Fuerzas Armadas y que por su actividad laboralsean beneficiarios de créditos del Fondo de la Vivienda delInstituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores delEstado".

Además, "del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda paralos Trabajadores, de la Comisión Nacional de Vivienda o decualquier otra institución de seguridad social que otorgue estaprestación a cónyuges o concubinos de militares para adquirirvivienda”.

El Fovissste expuso que en el texto se especifica que esoscréditos servirán para “la adquisición, construcción,reparación, ampliación o mejoramiento de sus habitaciones o alpago de los pasivos que tengan por los conceptos anteriores”.

Al respecto, el vocal Ejecutivo del Fovissste, Luis AntonioGodina Herrera, destacó que lo anterior es una prestación másque el Gobierno de la República otorga a las Fuerzas Armadas comoun reconocimiento a la labor que desempeñan con lealtad, entrega,valor, patriotismo y compromiso por México.

Godina Herrera informó que el Fovissste trabaja para hacerrealidad esta prestación a la brevedad posible, con el objetivo deque los militares junto con los trabajadores al servicio delEstado, puedan obtener más monto en sus créditos de vivienda yadquirir una mejor casa.

México, (Notimex).- Integrantes del Ejército, Fuerza Aérea yArmada podrán mancomunar sus créditos de vivienda con el de suscónyuges derechohabientes del Fondo de la Vivienda del ISSSTE(Fovissste).

En un comunicado, el instituto precisó que la reforma a lafracción IV del Artículo 108 de la Ley del Instituto de SeguridadSocial para las Fuerzas Armadas, publicada este miércoles en elDiario Oficial de la Federación señala que:

“Podrán mancomunarse los créditos de cónyuges que nopertenezcan a las Fuerzas Armadas y que por su actividad laboralsean beneficiarios de créditos del Fondo de la Vivienda delInstituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores delEstado".

Además, "del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda paralos Trabajadores, de la Comisión Nacional de Vivienda o decualquier otra institución de seguridad social que otorgue estaprestación a cónyuges o concubinos de militares para adquirirvivienda”.

El Fovissste expuso que en el texto se especifica que esoscréditos servirán para “la adquisición, construcción,reparación, ampliación o mejoramiento de sus habitaciones o alpago de los pasivos que tengan por los conceptos anteriores”.

Al respecto, el vocal Ejecutivo del Fovissste, Luis AntonioGodina Herrera, destacó que lo anterior es una prestación másque el Gobierno de la República otorga a las Fuerzas Armadas comoun reconocimiento a la labor que desempeñan con lealtad, entrega,valor, patriotismo y compromiso por México.

Godina Herrera informó que el Fovissste trabaja para hacerrealidad esta prestación a la brevedad posible, con el objetivo deque los militares junto con los trabajadores al servicio delEstado, puedan obtener más monto en sus créditos de vivienda yadquirir una mejor casa.

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