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El artículo 183 quinquies del Código Penal señala pena mínima de 4 años de prisión y de 500 a 1000 días multa por sustracción de bienes de utilidad pública
Detalló que se trata de una reforma al párrafo 5º del artículo 2 del Código Penal de Querétaro que tiene tiene como antecedente la denominada “ley mordaza”