/ martes 3 de agosto de 2021

Impugnan Balderas y Laura Polo

Sanción interpuesta por el TEEQ por violencia política en razón de género en contra de la excandidata Frida González Loyola

Desde hace una semana Ángel Balderas Puga, presidente del Consejo Estatal de Morena, y Laura Polo Herrera, diputada local, impugnaron ante la Sala Regional de Monterrey la sanción interpuesta por el Tribunal Electoral del estado de Querétaro (TEEQ) por violencia política en razón de género en contra de la excandidata Frida González Loyola.

En entrevista, el morenista señaló que el proceso aún no termina dado que están a la espera de la resolución de la impugnación presentada y afirmó que en ningún momento se hicieron señalamientos a título personal, ni por tratarse de una mujer.

“Lógicamente la diputada Laura Polo y yo ya recurrimos también esa sentencia, porque no es la última instancia, así como la persona que nos denunció tiene derecho a no aceptar una sentencia del tribunal electoral del estado de Querétaro, pues nosotros también, entonces el proceso sigue”, mencionó.

Balderas Puga indicó que la inconformidad, tanto de él como de la legisladora, radica en que no se observó el contexto y el fondo en el que se emitió el comentario de “la hija de” en relación a Frida González, y justificó que fue únicamente una referencia general.

“No hice comentarios a título personal, se dio un boletín por escrito para fijar la posición de un órgano colectivo de Morena, en contra del exceso de candidaturas externas. En esa rueda de prensa nuestra crítica iba dirigida a 33 candidaturas externas que violaban el artículo 44 del estatuto de Morena, nosotros tenemos un dilema porque se quiere presentar esa acusación como si hubiera algo en particular contra una persona, y lo que no fue así, salieron varios nombres, no nada más uno, varias relaciones familiares, pero estamos hablando de un grupo de 33 personas”, dijo.

Balderas Puga recordó que, en primera instancia, el TEEQ había determinado que no hubo violencia de género; sin embargo, Frida González acudió a la Sala Regional de Monterrey, la cual determinó, con dos votos a favor y uno en contra, que el TEEQ analizara nuevamente el procedimiento especial sancionador.

Por lo anterior, el Tribunal Electoral local sesionó nuevamente y resolvió que ambos personajes políticos sí ejercieron violencia política en razón de género, la cual fue calificada como como grave, por lo que se determinó su inscripción al Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género (RNPS), así como una multa económica.

“El problema es que no les gustó esta resolución del tribunal y se fueron a la sala monterrey, en la sala el presidente también era del parecer de los magistrados de Querétaro, de que al referirse o buscar a una persona por una relación de parentesco, independientemente de que sea hombre o mujer, no lo consideran violencia de género, pero dos magistrados dijeron que sí, y en votación ganan dos votos a uno”, concluyó.

Desde hace una semana Ángel Balderas Puga, presidente del Consejo Estatal de Morena, y Laura Polo Herrera, diputada local, impugnaron ante la Sala Regional de Monterrey la sanción interpuesta por el Tribunal Electoral del estado de Querétaro (TEEQ) por violencia política en razón de género en contra de la excandidata Frida González Loyola.

En entrevista, el morenista señaló que el proceso aún no termina dado que están a la espera de la resolución de la impugnación presentada y afirmó que en ningún momento se hicieron señalamientos a título personal, ni por tratarse de una mujer.

“Lógicamente la diputada Laura Polo y yo ya recurrimos también esa sentencia, porque no es la última instancia, así como la persona que nos denunció tiene derecho a no aceptar una sentencia del tribunal electoral del estado de Querétaro, pues nosotros también, entonces el proceso sigue”, mencionó.

Balderas Puga indicó que la inconformidad, tanto de él como de la legisladora, radica en que no se observó el contexto y el fondo en el que se emitió el comentario de “la hija de” en relación a Frida González, y justificó que fue únicamente una referencia general.

“No hice comentarios a título personal, se dio un boletín por escrito para fijar la posición de un órgano colectivo de Morena, en contra del exceso de candidaturas externas. En esa rueda de prensa nuestra crítica iba dirigida a 33 candidaturas externas que violaban el artículo 44 del estatuto de Morena, nosotros tenemos un dilema porque se quiere presentar esa acusación como si hubiera algo en particular contra una persona, y lo que no fue así, salieron varios nombres, no nada más uno, varias relaciones familiares, pero estamos hablando de un grupo de 33 personas”, dijo.

Balderas Puga recordó que, en primera instancia, el TEEQ había determinado que no hubo violencia de género; sin embargo, Frida González acudió a la Sala Regional de Monterrey, la cual determinó, con dos votos a favor y uno en contra, que el TEEQ analizara nuevamente el procedimiento especial sancionador.

Por lo anterior, el Tribunal Electoral local sesionó nuevamente y resolvió que ambos personajes políticos sí ejercieron violencia política en razón de género, la cual fue calificada como como grave, por lo que se determinó su inscripción al Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género (RNPS), así como una multa económica.

“El problema es que no les gustó esta resolución del tribunal y se fueron a la sala monterrey, en la sala el presidente también era del parecer de los magistrados de Querétaro, de que al referirse o buscar a una persona por una relación de parentesco, independientemente de que sea hombre o mujer, no lo consideran violencia de género, pero dos magistrados dijeron que sí, y en votación ganan dos votos a uno”, concluyó.

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