/ miércoles 21 de febrero de 2018

Profepa multa a Balvanera con 10 millones de pesos

Conforme a la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental (LEFRA) se resolvió la primera sentencia judicial por cambio de uso de suelo forestal de la empresa Residencial Balvanera, se impune una multa que asciende a más de 10 millones de pesos y las obligaciones de la empresa fueron garantizadas mediante una fianza.

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) informó que un Juzgado federal en el estado de Querétaro validó y dictó sentencia donde la empresa se compromete a someter el proyecto ante la SEMARNAT y compensar el daño, o en su defecto a repararlo en términos de ley.

Se determinó que se aplicarán tres millones de pesos en reforestación; tres millones en la recuperación de un río; dos millones serán destinados al Fondo de Responsabilidad Ambiental, y la empresa invertirá un millón más a través del Programa Nacional de Auditoría Ambiental (PNAA), con el cual se evaluará toda la operación del proyecto a través de auditores externos, además de una sanción adicional de un millón 637 mil 932 pesos impuesta por la PROFEPA.

El conflicto inició en diciembre del 2013, cuando la empresa RESIDENCIAL BALVANERA habiendo informado a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) el impacto ambiental que realizaría al remover vegetación forestal en un predio ubicado en Querétaro, se desistió del trámite de la autorización forestal. No obstante, las obras del proyecto se ejecutaron a cabo en violación a la legislación ambiental.

Por tal razón, la PROFEPA practicó visitas de inspección al desarrollo ubicado en el municipio de Corregidora, Querétaro, donde encontró que las actividades inmobiliarias ya habían iniciado sin permiso, sin realizar un programa de rescate y reubicación de especies de la vegetación afectada y sin pagar medidas compensatorias, por lo que se ordenó la suspensión total temporal del proyecto.

La empresa optó por desacatar dicho mandamiento para concluir la ejecución de las obras en el sitio inspeccionado, por lo que inició la comercialización de departamentos y lotes construidos en el predio.

Ante el reiterado incumplimiento de la inspeccionada y el desacato a las medidas de seguridad ordenadas, en noviembre de 2016, la PROFEPA aplicó el Protocolo de Responsabilidad Penal y Ambiental previsto para estos casos.

Por ello, se iniciaron dos procedimientos administrativos sancionatorios, se dio vista al Ministerio Público y, por primera vez en el país, la institución ejerció la acción judicial por daño ambiental prevista en la LEFRA.

El 22 de febrero de 2017 se ejecutó un embargo precautorio ordenado por la autoridad judicial por la cantidad de 48 millones 20 mil pesos tratándose sobre un terreno de 86 hectáreas y sus construcciones.

La legislación forestal prevé que el cambio de uso de suelo en terrenos forestales sólo puede ser autorizado de manera excepcional, cuando se prevea el rescate de especies y su adaptación al nuevo hábitat y siempre que se deposite un pago compensatorio al Fondo Forestal Mexicano.

Además, prevé también que toda persona física o moral que ocasione directa o indirectamente un daño a los recursos forestales, los ecosistemas o sus componentes, estará obligada a repararlo en términos de la LEFRA.

La PROFEPA y la Empresa utilizaron los mecanismos alternativos de solución de controversias previstos en el Título Segundo de la LEFRA, que señala que “toda persona tiene el derecho de resolver las controversias jurídicas y sociales que se ocasionen por el daño al ambiente, a través de vías colaborativas en las que se privilegie el diálogo y se faciliten las alternativas de solución que resulten ambiental y socialmente más positivas”.

Con estas acciones la PROFEPA reiteró su compromiso de asegurar que todo daño al medio ambiente sea debidamente reparado, al utilizar la diversidad de recursos legales disponibles, incluidos los establecidos en la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental.

Conforme a la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental (LEFRA) se resolvió la primera sentencia judicial por cambio de uso de suelo forestal de la empresa Residencial Balvanera, se impune una multa que asciende a más de 10 millones de pesos y las obligaciones de la empresa fueron garantizadas mediante una fianza.

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) informó que un Juzgado federal en el estado de Querétaro validó y dictó sentencia donde la empresa se compromete a someter el proyecto ante la SEMARNAT y compensar el daño, o en su defecto a repararlo en términos de ley.

Se determinó que se aplicarán tres millones de pesos en reforestación; tres millones en la recuperación de un río; dos millones serán destinados al Fondo de Responsabilidad Ambiental, y la empresa invertirá un millón más a través del Programa Nacional de Auditoría Ambiental (PNAA), con el cual se evaluará toda la operación del proyecto a través de auditores externos, además de una sanción adicional de un millón 637 mil 932 pesos impuesta por la PROFEPA.

El conflicto inició en diciembre del 2013, cuando la empresa RESIDENCIAL BALVANERA habiendo informado a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) el impacto ambiental que realizaría al remover vegetación forestal en un predio ubicado en Querétaro, se desistió del trámite de la autorización forestal. No obstante, las obras del proyecto se ejecutaron a cabo en violación a la legislación ambiental.

Por tal razón, la PROFEPA practicó visitas de inspección al desarrollo ubicado en el municipio de Corregidora, Querétaro, donde encontró que las actividades inmobiliarias ya habían iniciado sin permiso, sin realizar un programa de rescate y reubicación de especies de la vegetación afectada y sin pagar medidas compensatorias, por lo que se ordenó la suspensión total temporal del proyecto.

La empresa optó por desacatar dicho mandamiento para concluir la ejecución de las obras en el sitio inspeccionado, por lo que inició la comercialización de departamentos y lotes construidos en el predio.

Ante el reiterado incumplimiento de la inspeccionada y el desacato a las medidas de seguridad ordenadas, en noviembre de 2016, la PROFEPA aplicó el Protocolo de Responsabilidad Penal y Ambiental previsto para estos casos.

Por ello, se iniciaron dos procedimientos administrativos sancionatorios, se dio vista al Ministerio Público y, por primera vez en el país, la institución ejerció la acción judicial por daño ambiental prevista en la LEFRA.

El 22 de febrero de 2017 se ejecutó un embargo precautorio ordenado por la autoridad judicial por la cantidad de 48 millones 20 mil pesos tratándose sobre un terreno de 86 hectáreas y sus construcciones.

La legislación forestal prevé que el cambio de uso de suelo en terrenos forestales sólo puede ser autorizado de manera excepcional, cuando se prevea el rescate de especies y su adaptación al nuevo hábitat y siempre que se deposite un pago compensatorio al Fondo Forestal Mexicano.

Además, prevé también que toda persona física o moral que ocasione directa o indirectamente un daño a los recursos forestales, los ecosistemas o sus componentes, estará obligada a repararlo en términos de la LEFRA.

La PROFEPA y la Empresa utilizaron los mecanismos alternativos de solución de controversias previstos en el Título Segundo de la LEFRA, que señala que “toda persona tiene el derecho de resolver las controversias jurídicas y sociales que se ocasionen por el daño al ambiente, a través de vías colaborativas en las que se privilegie el diálogo y se faciliten las alternativas de solución que resulten ambiental y socialmente más positivas”.

Con estas acciones la PROFEPA reiteró su compromiso de asegurar que todo daño al medio ambiente sea debidamente reparado, al utilizar la diversidad de recursos legales disponibles, incluidos los establecidos en la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental.

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