Luego de que se revocara la candidatura al Senado de Santiago Nieto Castillo, ¿cómo se designaría a la persona que le sustituirá?
De acuerdo con los estatutos de Movimiento Regeneración Nacional (Morena), es la Comisión Nacional de Elecciones la facultada para elegir a quien suplirá a Nieto Castillo en caso de que en la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) se ratifique la decisión de la Sala regional Toluca.
De acuerdo con fuentes del partido, la persona a elegir sería quien estaba en segundo lugar en las encuestas internas del partido o su suplente, Pueblito Rangel; sin embargo, la decisión final será tomada por la comisión.
En caso de que la Sala Superior ratifique la resolución de la Sala Regional, Morena deberá deberá presentar al Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) un escrito solicitando la sustitución, de acuerdo con el artículo 241 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, inciso b.
Dicho artículo refiere que, las candidaturas podrán sustituirse, exclusivamente, por causas de fallecimiento, inhabilitación, incapacidad o renuncia.
➡️ Únete al canal de Diario de Querétaro en WhatsApp para no perderte la información más importante
Además, señala que no habrá modificación a las boletas en caso de cancelación del registro o sustitución de uno o más candidatos, si éstas ya estuvieran impresas. En todo caso, los votos contarán para los partidos políticos y los candidatos que estuviesen legalmente registrados ante los Consejos General, locales o distritales correspondientes.