/ domingo 2 de octubre de 2022

Exige a consejeros ser incorruptibles

Crea su Código de Conducta y pone freno a la recepción de regalos, dádivas y obsequios para sus representantes y funcionarios


Rechazar dádivas, actuar con perspectiva de género e inclusión, rechazar actos de presión o coacción, actuar con prudencia y emplear un lenguaje incluyente y no sexista, son algunos de los compromisos de las consejerías, funcionariado y personal del Instituto Electoral del estado (IEEQ) previstas en el Código de Conducta del instituto.

Con la aprobación de este Código de Conducta, compuesto por seis capítulos y 14 artículos, se da cumplimiento a una recomendación de la Entidad Superior de Fiscalización del estado (ESFE) al ejercicio fiscal 2021.

"El Código establece la observancia de las pautas mínimas de conducta de quienes desempeñan un empleo, cargo o comisión en este organismo con el objeto de que se desarrollan en atención a los principios y valores éticos institucionales", dice la exposición de motivos del Código.

En el capítulo IV se hace referencia a los compromisos del servicio público, en el que se señala que quienes laboran en el IEEQ deberán actuar en todo momento de manera íntegra, incorruptible e irreprochable; respetar la dignidad, valor e igualdad de las personas; preservar la imagen institucional, emplear un lenguaje incluyente y no sexista; rechazar todo tipo de regalos, obsequios, compensaciones o dádivas con motivo de su función; actuar con perspectiva de género e inclusión; rechazar actos de presión o coacción; entre otros.

El capítulo V, sobre los mecanismos de capacitación y difusión, hace referencia a que la Unidad de Inclusión deberá diseñar e instrumentar los programas de capacitación, difusión y profesionalización para que conozcan a detalle el contenido de dicho Código.

El capítulo I se refiere a todas las generalidades del Código, el II a los principios y directrices que rigen la actuación pública como disciplina, legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad imparcialidad, entre otros; mientras que el capítulo III habla sobre las reglas de integridad que deberán seguir como actuación pública, administración de los bienes muebles, contrataciones públicas, control interno, información pública, procesos de evaluación y recursos humanos.

Dicho Código de Conducta, que fue previamente aprobado por la comisión jurídica del IEEQ, integrada por los consejeros electorales José Eugenio Plascencia Zarazúa, Rosa Martha Gómez Cervantes y Daniel Dorantes Guerra, entró en vigor a partir del 30 de septiembre.


Rechazar dádivas, actuar con perspectiva de género e inclusión, rechazar actos de presión o coacción, actuar con prudencia y emplear un lenguaje incluyente y no sexista, son algunos de los compromisos de las consejerías, funcionariado y personal del Instituto Electoral del estado (IEEQ) previstas en el Código de Conducta del instituto.

Con la aprobación de este Código de Conducta, compuesto por seis capítulos y 14 artículos, se da cumplimiento a una recomendación de la Entidad Superior de Fiscalización del estado (ESFE) al ejercicio fiscal 2021.

"El Código establece la observancia de las pautas mínimas de conducta de quienes desempeñan un empleo, cargo o comisión en este organismo con el objeto de que se desarrollan en atención a los principios y valores éticos institucionales", dice la exposición de motivos del Código.

En el capítulo IV se hace referencia a los compromisos del servicio público, en el que se señala que quienes laboran en el IEEQ deberán actuar en todo momento de manera íntegra, incorruptible e irreprochable; respetar la dignidad, valor e igualdad de las personas; preservar la imagen institucional, emplear un lenguaje incluyente y no sexista; rechazar todo tipo de regalos, obsequios, compensaciones o dádivas con motivo de su función; actuar con perspectiva de género e inclusión; rechazar actos de presión o coacción; entre otros.

El capítulo V, sobre los mecanismos de capacitación y difusión, hace referencia a que la Unidad de Inclusión deberá diseñar e instrumentar los programas de capacitación, difusión y profesionalización para que conozcan a detalle el contenido de dicho Código.

El capítulo I se refiere a todas las generalidades del Código, el II a los principios y directrices que rigen la actuación pública como disciplina, legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad imparcialidad, entre otros; mientras que el capítulo III habla sobre las reglas de integridad que deberán seguir como actuación pública, administración de los bienes muebles, contrataciones públicas, control interno, información pública, procesos de evaluación y recursos humanos.

Dicho Código de Conducta, que fue previamente aprobado por la comisión jurídica del IEEQ, integrada por los consejeros electorales José Eugenio Plascencia Zarazúa, Rosa Martha Gómez Cervantes y Daniel Dorantes Guerra, entró en vigor a partir del 30 de septiembre.

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