/ lunes 8 de enero de 2024

Rampas para autos violan la normativa

Según especialista urbano intervenir el espacio público requiere de un permiso; irregularidad perjudica a peatones y personas con discapacidad 


Gabriel Ballesteros Martínez, abogado especializado en temas urbanos, alertó sobre la ilegalidad de las modificaciones realizadas en banquetas para la creación de rampas destinadas a automóviles, al señalar que estas violan normativas al intervenir en el espacio público para un fin privado, lo que resulta en la afectación directa de la libre movilidad de las personas.

El abogado explicó que cualquier alteración del espacio público, ya sea propiedad municipal, estatal o federal, como las calles, requiere un permiso. Esta necesidad de autorización se extiende a la ruptura de pavimentos y banquetas para la instalación de infraestructuras como gas o telefonía. Sin embargo, señaló que la modificación de la trayectoria de una red peatonal es una irregularidad permitida por el municipio.

"Esto es irregular. El Municipio debe poner orden en la movilidad peatonal, como lo tiene que poner en otra actividad que se realiza en el espacio público, porque es su obligación, porque este es para todos. El que podamos disfrutar de la banqueta frente a nuestra casa es un servicio público. De la banqueta hacia dentro de la casa somos dueños, pero afuera es espacio público", refirió el también egresado del Tecnológico de Monterrey.

Ballesteros enfatizó que esta irregularidad perjudica no solo a los peatones, sino también a personas con discapacidad y familias con niños pequeños, quienes encuentran obstáculos para transitar de manera segura. Propuso que, a través de inspecciones y denuncias de vecinos afectados, se pueda obligar a la demolición de las rampas ilegales para restituir las condiciones originales.

"Municipio interviene sólo cuando políticamente tiene relevancia, si no, deja que los propietarios modifiquen sus accesos inmediatos al frente de sus casas y se vuelve una conducta tolerada porque el municipio no quiere entrar en conflicto con los colonos y eso provoca una falta de interés y atención, respecto a modificaciones que trastoquen la trayectoria plana, con las medidas que deben ser y autorizaciones que originalmente se dieron para que esa banqueta se diera como está".

En cuanto al desarrollo urbano, el abogado subrayó la responsabilidad de las direcciones de desarrollo urbano en la vigilancia y aplicación de normativas, haciendo especial énfasis en el Manual de calles: diseño vial para ciudades mexicanas de la Secretaría De Desarrollo Agrario Territorial y Urbano (SEDATU) emitido en 2019 y la Norma Oficial Mexicana sobre espacio público como referentes cruciales.

"Esto no está suelto, es un tema regulado y las direcciones de desarrollo urbano tiene la obligación de vigilar, porque si la trayectoria peatonal no está físicamente utilizable es como no tenerla. Una banqueta rota, interrumpida, desviada o modificada, porque el propietario consideró que para él y su uso personal era mejor así, pues es un abuso".

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Ballesteros destacó la jerarquía en la movilidad, establecida por la legislación federal, donde la movilidad peatonal ocupa el primer lugar según el artículo 74 de la Ley General de Asentamientos Humanos. Contrastando esto con la movilidad en vehículos particulares, que se sitúa en la séptima posición de la pirámide.

En último término, enfatizó que la trayectoria peatonal no constituye únicamente un componente físico, sino que representa un servicio esencial para la comunidad. Subrayó que la adecuada conservación de este elemento debe ser una prioridad municipal, con el propósito de asegurar la seguridad y comodidad de los ciudadanos. Este tema, aunque normalizado por la población, se manifiesta como una problemática recurrente en cada colonia de la entidad.


Gabriel Ballesteros Martínez, abogado especializado en temas urbanos, alertó sobre la ilegalidad de las modificaciones realizadas en banquetas para la creación de rampas destinadas a automóviles, al señalar que estas violan normativas al intervenir en el espacio público para un fin privado, lo que resulta en la afectación directa de la libre movilidad de las personas.

El abogado explicó que cualquier alteración del espacio público, ya sea propiedad municipal, estatal o federal, como las calles, requiere un permiso. Esta necesidad de autorización se extiende a la ruptura de pavimentos y banquetas para la instalación de infraestructuras como gas o telefonía. Sin embargo, señaló que la modificación de la trayectoria de una red peatonal es una irregularidad permitida por el municipio.

"Esto es irregular. El Municipio debe poner orden en la movilidad peatonal, como lo tiene que poner en otra actividad que se realiza en el espacio público, porque es su obligación, porque este es para todos. El que podamos disfrutar de la banqueta frente a nuestra casa es un servicio público. De la banqueta hacia dentro de la casa somos dueños, pero afuera es espacio público", refirió el también egresado del Tecnológico de Monterrey.

Ballesteros enfatizó que esta irregularidad perjudica no solo a los peatones, sino también a personas con discapacidad y familias con niños pequeños, quienes encuentran obstáculos para transitar de manera segura. Propuso que, a través de inspecciones y denuncias de vecinos afectados, se pueda obligar a la demolición de las rampas ilegales para restituir las condiciones originales.

"Municipio interviene sólo cuando políticamente tiene relevancia, si no, deja que los propietarios modifiquen sus accesos inmediatos al frente de sus casas y se vuelve una conducta tolerada porque el municipio no quiere entrar en conflicto con los colonos y eso provoca una falta de interés y atención, respecto a modificaciones que trastoquen la trayectoria plana, con las medidas que deben ser y autorizaciones que originalmente se dieron para que esa banqueta se diera como está".

En cuanto al desarrollo urbano, el abogado subrayó la responsabilidad de las direcciones de desarrollo urbano en la vigilancia y aplicación de normativas, haciendo especial énfasis en el Manual de calles: diseño vial para ciudades mexicanas de la Secretaría De Desarrollo Agrario Territorial y Urbano (SEDATU) emitido en 2019 y la Norma Oficial Mexicana sobre espacio público como referentes cruciales.

"Esto no está suelto, es un tema regulado y las direcciones de desarrollo urbano tiene la obligación de vigilar, porque si la trayectoria peatonal no está físicamente utilizable es como no tenerla. Una banqueta rota, interrumpida, desviada o modificada, porque el propietario consideró que para él y su uso personal era mejor así, pues es un abuso".

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Ballesteros destacó la jerarquía en la movilidad, establecida por la legislación federal, donde la movilidad peatonal ocupa el primer lugar según el artículo 74 de la Ley General de Asentamientos Humanos. Contrastando esto con la movilidad en vehículos particulares, que se sitúa en la séptima posición de la pirámide.

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