/ sábado 16 de noviembre de 2019

TEPJF confirma sentencia emitida contra Elsa Méndez

Determinó que fue responsable de la difusión de propaganda personalizada, al colocar espectaculares, con motivo del día de las madres

La Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la sentencia emitida a la ahora diputada local del Partido Encuentro Social (PES), Elsa Méndez Álvarez, y que determinó que fue responsable de la difusión de propaganda personalizada, al colocar espectaculares, con motivo del día de las madres.

El 22 de mayo, Maricruz Ocampo Guerrero y Jorge Cruz Altamirano, denunciaron a la legisladora por presuntos actos anticipados de campaña, promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos ante el Instituto Electoral del Estado (IEEQ).

A raíz de esto, el IEEQ determinó que existió promoción personalizada, sin embargo, no se acreditaron los actos anticipados de campaña, ni el uso de recursos públicos.

Según la sentencia de Sala Regional Monterrey, la legisladora argumentó que la resolución, que emitió el IEEQ, violó la presunción de inocencia, porque la publicidad la contrató una persona moral diversa (cuyo representante legal es su esposo), sin que ella tuviera conocimiento de esto.

La sentencia fue impugnada ante el Tribunal Electoral del Estado (TEEQ), quien ratificó la decisión del órgano electoral.

En este sentido, por unanimidad de votos, Sala Regional Monterrey resolvió confirmar la sentencia impugnada.

Esta casa editorial buscó a la diputada local para tener una postura respecto a esta sentencia y Méndez Álvarez señaló que hasta el momento, no ha sido notificada sobre la resolución. “En cuanto tenga algo, con mucho gusto se los hago saber”, dijo.

La Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la sentencia emitida a la ahora diputada local del Partido Encuentro Social (PES), Elsa Méndez Álvarez, y que determinó que fue responsable de la difusión de propaganda personalizada, al colocar espectaculares, con motivo del día de las madres.

El 22 de mayo, Maricruz Ocampo Guerrero y Jorge Cruz Altamirano, denunciaron a la legisladora por presuntos actos anticipados de campaña, promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos ante el Instituto Electoral del Estado (IEEQ).

A raíz de esto, el IEEQ determinó que existió promoción personalizada, sin embargo, no se acreditaron los actos anticipados de campaña, ni el uso de recursos públicos.

Según la sentencia de Sala Regional Monterrey, la legisladora argumentó que la resolución, que emitió el IEEQ, violó la presunción de inocencia, porque la publicidad la contrató una persona moral diversa (cuyo representante legal es su esposo), sin que ella tuviera conocimiento de esto.

La sentencia fue impugnada ante el Tribunal Electoral del Estado (TEEQ), quien ratificó la decisión del órgano electoral.

En este sentido, por unanimidad de votos, Sala Regional Monterrey resolvió confirmar la sentencia impugnada.

Esta casa editorial buscó a la diputada local para tener una postura respecto a esta sentencia y Méndez Álvarez señaló que hasta el momento, no ha sido notificada sobre la resolución. “En cuanto tenga algo, con mucho gusto se los hago saber”, dijo.

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