/ lunes 9 de octubre de 2023

Ganan beneficiarios de cuentas a heredados

Nombres y porcentajes anotados por el testador al abrir su cuenta tienen más valor que los escritos en un testamento

Las cuentas bancarias no deben ser incluidas en los testamentos, ya que éstas pueden diferir en los nombres que se tienen registrados como beneficiarios ante la institución crediticia, mismos que tienen prioridad sobre lo que diga el escrito en la herencia.

Esto fue informado por Carlos Rafael Altamirano Alcocer, presidente del Consejo de Notarios del estado de Querétaro, quien dijo que para que esto pueda quedar bien estipulado en una herencia, la condición es que coincidan los nombres, tanto en el testamento como en la cuenta.

“Ha habido personas que llegan al banco para reclamar que en el testamento los han puesto con los derechos de las cuentas bancarias, pero al llegar se enteran que los beneficiarios que puso el finado cuentahabiente en su momento son otras personas y eso es lo que cuenta para la gerencia”, explicó.

Altamirano Alcocer aclaró que en este caso el gerente no puede disponer de lo que se diga en un testamento, por lo que, en ocasiones, y para evitar problemas, se transfiere esto ante un juez.

Es decir, explicó que cuando una persona abre una cuenta en una institución bancaria siempre pone una o más personas como beneficiaras y con porcentajes definidos por si fallece y alguien tenga que disponer de ese dinero. Y aunque el fallecido haya puesto en su testamento ciertos nombres para heredar alguna cantidad, lo que cuenta es lo que está en el documento bancario.

“Es muy importante lo de las cuentas bancarias, porque luego no coincide con lo que dice el testamento. Porque en el testamento puedes designar a unas personas como beneficiarias de tus cuentas bancarias, y en la apertura de la cuenta señalar un beneficiario directo”, afirmó.

El presidente del Consejo de Notarios comentó que estas situaciones por lo regular la gente las desconoce, ya que esto lo fijan las leyes bancarias. Aunado a que los beneficiarios se les anota con un porcentaje decidido por el testador quien luego fallece.

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En cuanto a la redacción de un testamento depende que algunos aspectos, pero lo primero escuchar a la persona, aunque se tenga un formato.

“En cada caso particular es diferente, porque puede tardarse media hora o más en la redacción, sobre todo en personas mayores, quienes deben estar solas y no asistidas”, agregó.


Las cuentas bancarias no deben ser incluidas en los testamentos, ya que éstas pueden diferir en los nombres que se tienen registrados como beneficiarios ante la institución crediticia, mismos que tienen prioridad sobre lo que diga el escrito en la herencia.

Esto fue informado por Carlos Rafael Altamirano Alcocer, presidente del Consejo de Notarios del estado de Querétaro, quien dijo que para que esto pueda quedar bien estipulado en una herencia, la condición es que coincidan los nombres, tanto en el testamento como en la cuenta.

“Ha habido personas que llegan al banco para reclamar que en el testamento los han puesto con los derechos de las cuentas bancarias, pero al llegar se enteran que los beneficiarios que puso el finado cuentahabiente en su momento son otras personas y eso es lo que cuenta para la gerencia”, explicó.

Altamirano Alcocer aclaró que en este caso el gerente no puede disponer de lo que se diga en un testamento, por lo que, en ocasiones, y para evitar problemas, se transfiere esto ante un juez.

Es decir, explicó que cuando una persona abre una cuenta en una institución bancaria siempre pone una o más personas como beneficiaras y con porcentajes definidos por si fallece y alguien tenga que disponer de ese dinero. Y aunque el fallecido haya puesto en su testamento ciertos nombres para heredar alguna cantidad, lo que cuenta es lo que está en el documento bancario.

“Es muy importante lo de las cuentas bancarias, porque luego no coincide con lo que dice el testamento. Porque en el testamento puedes designar a unas personas como beneficiarias de tus cuentas bancarias, y en la apertura de la cuenta señalar un beneficiario directo”, afirmó.

El presidente del Consejo de Notarios comentó que estas situaciones por lo regular la gente las desconoce, ya que esto lo fijan las leyes bancarias. Aunado a que los beneficiarios se les anota con un porcentaje decidido por el testador quien luego fallece.

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En cuanto a la redacción de un testamento depende que algunos aspectos, pero lo primero escuchar a la persona, aunque se tenga un formato.

“En cada caso particular es diferente, porque puede tardarse media hora o más en la redacción, sobre todo en personas mayores, quienes deben estar solas y no asistidas”, agregó.


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