/ martes 19 de diciembre de 2023

La voz de la IP | Teletrabajo, llegó para quedarse

La emergencia de la pandemia por COVID-19 generó una transformación muy significativa en la dinámica laboral, educativa y de consumo a nivel local y global, fundamentadas en el uso extensivo de herramientas digitales. Tan sólo en México, esta rápida transición hacia modelos de trabajo remoto motivó a las autoridades y empresarios a establecer un marco regulatorio que entró en vigor este 5 de diciembre bajo la NOM 037. Su objetivo es garantizar la protección de las necesidades y la seguridad de los trabajadores que desempeñan trabajo remoto.

En la publicación del Diario Oficial de la Federación (DOF), se establece que los trabajadores que adoptan la modalidad de teletrabajo pueden obtener beneficios significativos para armonizar su vida laboral y familiar. Además, se argumenta que esta modalidad puede impulsar la motivación, reducir la rotación laboral, aumentar la productividad y generar beneficios, tanto para los colaboradores como para los empleadores, incluyendo la reducción de costos asociados a espacios de oficina.

Esta norma aplica a aquellos trabajadores cuya jornada laboral remota supere el 40% y establece los lineamientos del mismo, como: horarios definidos de inicio y finalización de actividades. Disponibilidad de conectividad proporcionada por el empleador para el uso de Tecnologías de la Información y Comunicación. Condiciones de seguridad y salud en el sitio de trabajo, incluyendo las instalaciones eléctricas, iluminación adecuada, ventilación y condiciones ergonómicas, así como un lugar de trabajo convenido y fijo.

Según Manpower Group, aproximadamente ocho de cada diez trabajadores no desean permanecer a tiempo completo en las oficinas, y el 50 por ciento prefiere un esquema híbrido debido a la flexibilidad que brinda para sus actividades laborales. El reto de la implementación del teletrabajo está en las pequeñas y micro empresas dónde por el número reducido de colaboradores se privilegia el trabajo presencial.

Por esta razón y porque el 55% de los trabajadores en México se encuentran en la informalidad, la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS) estima que solamente 4.3 millones de personas, lo que representa el 10.5% de la población ocupada, estarán en un esquema 100% remoto; una cifra que contrasta con Europa o Estados Unidos, donde se estima que hasta el 40% de los empleados podrían acceder a estos esquemas.

Con todo lo anterior, vemos que la evolución empresarial y laboral de nuestro país se modifica de manera acelerada y vemos que el Teletrabajo cada vez es adoptado por más empresas y porque es una preferencia de las nuevas generaciones. Por ello, es urgente y necesario que, como empresarios, nos preparemos para esta nueva dinámica laboral.


Consejero Nacional de Coparmex


La emergencia de la pandemia por COVID-19 generó una transformación muy significativa en la dinámica laboral, educativa y de consumo a nivel local y global, fundamentadas en el uso extensivo de herramientas digitales. Tan sólo en México, esta rápida transición hacia modelos de trabajo remoto motivó a las autoridades y empresarios a establecer un marco regulatorio que entró en vigor este 5 de diciembre bajo la NOM 037. Su objetivo es garantizar la protección de las necesidades y la seguridad de los trabajadores que desempeñan trabajo remoto.

En la publicación del Diario Oficial de la Federación (DOF), se establece que los trabajadores que adoptan la modalidad de teletrabajo pueden obtener beneficios significativos para armonizar su vida laboral y familiar. Además, se argumenta que esta modalidad puede impulsar la motivación, reducir la rotación laboral, aumentar la productividad y generar beneficios, tanto para los colaboradores como para los empleadores, incluyendo la reducción de costos asociados a espacios de oficina.

Esta norma aplica a aquellos trabajadores cuya jornada laboral remota supere el 40% y establece los lineamientos del mismo, como: horarios definidos de inicio y finalización de actividades. Disponibilidad de conectividad proporcionada por el empleador para el uso de Tecnologías de la Información y Comunicación. Condiciones de seguridad y salud en el sitio de trabajo, incluyendo las instalaciones eléctricas, iluminación adecuada, ventilación y condiciones ergonómicas, así como un lugar de trabajo convenido y fijo.

Según Manpower Group, aproximadamente ocho de cada diez trabajadores no desean permanecer a tiempo completo en las oficinas, y el 50 por ciento prefiere un esquema híbrido debido a la flexibilidad que brinda para sus actividades laborales. El reto de la implementación del teletrabajo está en las pequeñas y micro empresas dónde por el número reducido de colaboradores se privilegia el trabajo presencial.

Por esta razón y porque el 55% de los trabajadores en México se encuentran en la informalidad, la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS) estima que solamente 4.3 millones de personas, lo que representa el 10.5% de la población ocupada, estarán en un esquema 100% remoto; una cifra que contrasta con Europa o Estados Unidos, donde se estima que hasta el 40% de los empleados podrían acceder a estos esquemas.

Con todo lo anterior, vemos que la evolución empresarial y laboral de nuestro país se modifica de manera acelerada y vemos que el Teletrabajo cada vez es adoptado por más empresas y porque es una preferencia de las nuevas generaciones. Por ello, es urgente y necesario que, como empresarios, nos preparemos para esta nueva dinámica laboral.


Consejero Nacional de Coparmex