/ miércoles 31 de agosto de 2022

Ordena Juez desalojar el Corporativo de Caja Libertad

La institución financiera perdió un juicio y deberá restituir al propietario del inmueble del Centro Sur el edificio que ocupan sus oficinas

Caja Libertad deberá desocupar el edificio corporativo que ocupa en la zona del Centro Sur de la capital queretana y restituirlo a sus dueños. De lo contrario, será desalojada por incumplimiento de una orden judicial.

Desde el 12 julio de este año, el Juez Segundo Civil de Querétaro determinó que se presentara el actuario adscrito a dicho juzgado en el domicilio de la demandada, en la confluencia de las avenidas Fray Luis de León y Boulevard Bernardo Quintana, hacer la notificación correspondiente.

“Se ordena de nueva cuenta al actuario adscrito a este juzgado se constituya en el domicilio de la demandada Libertad Servicios Financieros A.S. de C.V.S.F.P., mismo que obra en autos y sirva notificarle que cuenta con un plazo de 3 (tres) días hábiles contados a partir del día siguiente en sea notificada, para dar cumplimiento voluntario a lo que fue ordenada dentro de la sentencia antes citada”, indica.

Y, anticipa que, en caso de no atender el ordenamiento judicial, se procederá con su ejecución forzosa.

Esta sentencia, que obliga a la Caja Libertad a entregar el inmueble a su legítimo propietario, podría causar un efecto financiero estimado en 500 millones de pesos en dicha institución.

Lo anterior, luego de que los representantes de la institución financiera hicieran caso omiso de una primera notificación en la que se le pedía que desocupara dicho inmueble para que el propietario pudiera tomar posesión de este.

Misma suerte tuvo el segundo emplazamiento judicial para la restitución del edificio, toda vez que no se atendió como se les había solicitado, por lo que se solicitaron la aplicación de medidas de apremio a fin de que se pudiera llevar a cabo el procedimiento.

La entidad financiera había realizado un procedimiento de compra del edificio ubicado en Boulevard Bernardo Quintana 9791, Centro Sur, por la cantidad de 156 millones de pesos con la compañía Operadora de Inmuebles del Centro el 25 de marzo de 2015 para hacerse de la propiedad de la edificación.

Luego de un litigio entre los propietarios del mismo y los participantes en la operación de compra-venta, se determinó la inexistencia de dicho contrato, y se ordena la restitución del bien a la Operadora y ésta a su vez reintegrar el dinero que había recibido por la operación.

Según el expediente judicial 1648/2016, el contrato de compra-venta del inmueble que el juzgador determinó anular, fue entre Operadora de Inmuebles del Centro S.A. de C.V., como vendedor, y Libertad Servicios Financieros S.A. de C.V. como comprador, y fue protocolizado por el Notario 2 de Cadereyta de Montes, Héctor César Jiménez Arreola.


Caja Libertad deberá desocupar el edificio corporativo que ocupa en la zona del Centro Sur de la capital queretana y restituirlo a sus dueños. De lo contrario, será desalojada por incumplimiento de una orden judicial.

Desde el 12 julio de este año, el Juez Segundo Civil de Querétaro determinó que se presentara el actuario adscrito a dicho juzgado en el domicilio de la demandada, en la confluencia de las avenidas Fray Luis de León y Boulevard Bernardo Quintana, hacer la notificación correspondiente.

“Se ordena de nueva cuenta al actuario adscrito a este juzgado se constituya en el domicilio de la demandada Libertad Servicios Financieros A.S. de C.V.S.F.P., mismo que obra en autos y sirva notificarle que cuenta con un plazo de 3 (tres) días hábiles contados a partir del día siguiente en sea notificada, para dar cumplimiento voluntario a lo que fue ordenada dentro de la sentencia antes citada”, indica.

Y, anticipa que, en caso de no atender el ordenamiento judicial, se procederá con su ejecución forzosa.

Esta sentencia, que obliga a la Caja Libertad a entregar el inmueble a su legítimo propietario, podría causar un efecto financiero estimado en 500 millones de pesos en dicha institución.

Lo anterior, luego de que los representantes de la institución financiera hicieran caso omiso de una primera notificación en la que se le pedía que desocupara dicho inmueble para que el propietario pudiera tomar posesión de este.

Misma suerte tuvo el segundo emplazamiento judicial para la restitución del edificio, toda vez que no se atendió como se les había solicitado, por lo que se solicitaron la aplicación de medidas de apremio a fin de que se pudiera llevar a cabo el procedimiento.

La entidad financiera había realizado un procedimiento de compra del edificio ubicado en Boulevard Bernardo Quintana 9791, Centro Sur, por la cantidad de 156 millones de pesos con la compañía Operadora de Inmuebles del Centro el 25 de marzo de 2015 para hacerse de la propiedad de la edificación.

Luego de un litigio entre los propietarios del mismo y los participantes en la operación de compra-venta, se determinó la inexistencia de dicho contrato, y se ordena la restitución del bien a la Operadora y ésta a su vez reintegrar el dinero que había recibido por la operación.

Según el expediente judicial 1648/2016, el contrato de compra-venta del inmueble que el juzgador determinó anular, fue entre Operadora de Inmuebles del Centro S.A. de C.V., como vendedor, y Libertad Servicios Financieros S.A. de C.V. como comprador, y fue protocolizado por el Notario 2 de Cadereyta de Montes, Héctor César Jiménez Arreola.


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